D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20250120-26)
Convenio –  Convenio de colaboración de 7 de enero de 2025, entre el Servicio Madrileño de Salud, a través del SUMMA 112, y el excelentísimo Ayuntamiento de Collado Villalba, en materia de asistencia a las urgencias, emergencias sanitarias y transporte sanitario
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BOCM

LUNES 20 DE ENERO DE 2025

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ANEXO II
SITUACIONES DE ACTIVACIÓN DE LA AMBULANCIA DEL SEM DESDE EL SCU DEL SUMMA112
1. Como recurso único para el traslado del paciente al Servicio de Urgencias del Hospital de
referencia. Existiendo causas justificadas, el traslado podrá realizarse a un hospital distinto
al de referencia, pero siempre deberá ser propuesto o autorizado por el SCU.
1.1 En los casos, en donde tras la valoración inicial se requiera un recurso de médico o de
soporte vital avanzado, se solicitará a través de radio TETRA al SCU.
1.2 En los casos, en donde el paciente rechace el traslado o por cualquier motivo no se vaya
a trasladar, se contactará con el SCU del SUMMA112.
2. Como segundo recurso tras solicitud de transporte sanitario en ambulancia por parte de
una unidad del SUMMA112 (no ambulancia) o Atención Primaria.
3. Como segundo recurso para el transporte sanitario en condiciones de soporte vital
avanzado medicalizándose junto a una unidad del SUMMA112. En estos casos, toda la
patología tiempo dependiente podrá tener un hospital de ingreso distinto al de referencia
habitual.
4. Como recurso simultaneo con una unidad del SUMMA112 ante una emergencia, siendo por
proximidad el recurso de mejor tiempo de respuesta.
4.1 En estos casos, no se procederá al traslado del paciente hasta la llegada del recurso del
SUMMA112, salvo orden o autorización expresa del SCU.
4.2 En caso de que, tras valoración inicial, no pareciera necesario un segundo recurso, se
pondrá en conocimiento del SCU quien decidirá la cancelación o no de este segundo
recurso
5. Como recurso simultáneo en los incidentes donde concurran varios afectados y en los
incidentes de múltiples víctimas junto a otros recursos. En estos casos los recursos del SEM,
se pondrán a disposición del Jefe de Guardia del SUMMA112

BOCM-20250120-26

B.O.C.M. Núm. 16

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