D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20250120-25)
Convenio – Convenio de colaboración de 2 de enero de 2025, entre el Servicio Madrileño de Salud, a través del Summa 112, y el excelentísimo Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes en materia de asistencia a las urgencias, emergencias sanitarias y transporte sanitario
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 104
LUNES 20 DE ENERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 16
— Recursos materiales:
El Ayuntamiento aportará, al menos, una ambulancia de soporte vital básico (ambulancia clase B, según se define en el Real Decreto 836/2012, de 25 de mayo, por
el que se establecen las características técnicas, el equipamiento sanitario y la dotación de personal de los vehículos de transporte sanitario por carretera). Las características de las ambulancias de soporte vital básico, se ajustarán a lo establecido en
el Decreto 128/1996, de 29 de agosto, por el que se regulan las características técnico-sanitarias de los vehículos-ambulancia residenciados en la Comunidad de Madrid
para el transporte sanitario terrestre, o normativa posterior vigente en la materia.
La disponibilidad del o de los recursos se aportará al Servicio Coordinador de Urgencias del Summa 112 en cada jornada de servicio voluntario o laboral.
El Ayuntamiento se hará cargo de las instalaciones de las áreas de descanso, avituallamiento del personal y otros aspectos relacionados con el ambiente laboral y
prevención de riesgos laborales.
— Seguros y mantenimiento:
El Ayuntamiento sufragará los costes de suscripción del seguro del vehículo y del
personal adscrito a la ambulancia de soporte vital básico. La cobertura de la responsabilidad civil por actuaciones de la unidad, que no sea consecuencia de lo establecido en el párrafo denominado “Asesoramiento técnico y responsabilidad
civil”, previsto en la cláusula cuarta del presente convenio, deberá estar garantizada por el Ayuntamiento.
Los costes de mantenimiento mecánico de los vehículos, los combustibles necesarios, la Inspección Técnica Sanitaria del/os vehículos, y cualquier otro gasto u
obligación legal, corresponderá al Ayuntamiento.
Cuarta
El Summa 112 pondrá a disposición del presente convenio, el Servicio Coordinador de
Urgencias (en adelante, SCU) para la gestión y coordinación de medios tanto en los incidentes diarios habituales como en los de mayor índole que se produzcan en el Municipio de
San Sebastián de los Reyes.
El Summa 112 incluirá en su Plan de Formación, formación continuada para el personal del Ayuntamiento que preste el servicio objeto de este convenio, así como incluirá al
mismo en los simulacros que en materia de Incidentes de Múltiples Víctimas se desarrollen
en la localidad.
El Summa 112 velará por la correcta prestación sanitaria que se realice por parte de los
medios del Ayuntamiento puestos a disposición mediante este convenio, prestando el asesoramiento técnico necesario.
Asimismo, corresponderá al Summa 112 la reposición de material sanitario y fungible.
Las anteriores obligaciones comprenden las siguientes actuaciones:
— Servicio Coordinador de Urgencias (SCU):
El Summa 112 pondrá a disposición del presente convenio su SCU para la identificación de la ambulancia del Ayuntamiento, grabando los estados de operatividad
e inoperatividad y claves de los distintos estados de un incidente en la plataforma
tecnología que tiene al efecto para el resto de los recursos, implicando con ello un
aumento del espacio actual de los servidores. Además, será centro emisor y receptor de las comunicaciones que se tengan que realizar a través del sistema TETRA
de la CM y posibilitará la comunicación con el personal sanitario del SCU cuando así sea necesario.
— Formación:
Las horas de formación continuada no implicarán la formación inicial ni la correspondiente para el ejercicio de la actividad en ambulancias de tipo B.
Las horas de formación continuada serán acordes a las horas de disponibilidad que
la ambulancia del Ayuntamiento pone a disposición de este convenio, a razón
de 48 horas de formación continuada por 1536 horas anuales de disponibilidad. Se
incluirán como horas de formación, tanto la formación teórica, como talleres prácticos y asistencia a Jornadas o Eventos organizados por el Summa 112.
BOCM-20250120-25
Obligaciones del Summa 112
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 104
LUNES 20 DE ENERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 16
— Recursos materiales:
El Ayuntamiento aportará, al menos, una ambulancia de soporte vital básico (ambulancia clase B, según se define en el Real Decreto 836/2012, de 25 de mayo, por
el que se establecen las características técnicas, el equipamiento sanitario y la dotación de personal de los vehículos de transporte sanitario por carretera). Las características de las ambulancias de soporte vital básico, se ajustarán a lo establecido en
el Decreto 128/1996, de 29 de agosto, por el que se regulan las características técnico-sanitarias de los vehículos-ambulancia residenciados en la Comunidad de Madrid
para el transporte sanitario terrestre, o normativa posterior vigente en la materia.
La disponibilidad del o de los recursos se aportará al Servicio Coordinador de Urgencias del Summa 112 en cada jornada de servicio voluntario o laboral.
El Ayuntamiento se hará cargo de las instalaciones de las áreas de descanso, avituallamiento del personal y otros aspectos relacionados con el ambiente laboral y
prevención de riesgos laborales.
— Seguros y mantenimiento:
El Ayuntamiento sufragará los costes de suscripción del seguro del vehículo y del
personal adscrito a la ambulancia de soporte vital básico. La cobertura de la responsabilidad civil por actuaciones de la unidad, que no sea consecuencia de lo establecido en el párrafo denominado “Asesoramiento técnico y responsabilidad
civil”, previsto en la cláusula cuarta del presente convenio, deberá estar garantizada por el Ayuntamiento.
Los costes de mantenimiento mecánico de los vehículos, los combustibles necesarios, la Inspección Técnica Sanitaria del/os vehículos, y cualquier otro gasto u
obligación legal, corresponderá al Ayuntamiento.
Cuarta
El Summa 112 pondrá a disposición del presente convenio, el Servicio Coordinador de
Urgencias (en adelante, SCU) para la gestión y coordinación de medios tanto en los incidentes diarios habituales como en los de mayor índole que se produzcan en el Municipio de
San Sebastián de los Reyes.
El Summa 112 incluirá en su Plan de Formación, formación continuada para el personal del Ayuntamiento que preste el servicio objeto de este convenio, así como incluirá al
mismo en los simulacros que en materia de Incidentes de Múltiples Víctimas se desarrollen
en la localidad.
El Summa 112 velará por la correcta prestación sanitaria que se realice por parte de los
medios del Ayuntamiento puestos a disposición mediante este convenio, prestando el asesoramiento técnico necesario.
Asimismo, corresponderá al Summa 112 la reposición de material sanitario y fungible.
Las anteriores obligaciones comprenden las siguientes actuaciones:
— Servicio Coordinador de Urgencias (SCU):
El Summa 112 pondrá a disposición del presente convenio su SCU para la identificación de la ambulancia del Ayuntamiento, grabando los estados de operatividad
e inoperatividad y claves de los distintos estados de un incidente en la plataforma
tecnología que tiene al efecto para el resto de los recursos, implicando con ello un
aumento del espacio actual de los servidores. Además, será centro emisor y receptor de las comunicaciones que se tengan que realizar a través del sistema TETRA
de la CM y posibilitará la comunicación con el personal sanitario del SCU cuando así sea necesario.
— Formación:
Las horas de formación continuada no implicarán la formación inicial ni la correspondiente para el ejercicio de la actividad en ambulancias de tipo B.
Las horas de formación continuada serán acordes a las horas de disponibilidad que
la ambulancia del Ayuntamiento pone a disposición de este convenio, a razón
de 48 horas de formación continuada por 1536 horas anuales de disponibilidad. Se
incluirán como horas de formación, tanto la formación teórica, como talleres prácticos y asistencia a Jornadas o Eventos organizados por el Summa 112.
BOCM-20250120-25
Obligaciones del Summa 112