D) Anuncios - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20250118-14)
Convenio – Convenio de 30 de diciembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local) y el Grupo de Acción Local “Asociación de Desarrollo Rural Comarca de Las Vegas y Alcarria de Alcalá”, seleccionado para la aplicación de su estrategia de desarrollo local participativo en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común (PEPAC) 2023-2027
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 15
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 18 DE ENERO DE 2025
Pág. 167
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
14
CONVENIO de 30 de diciembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local) y el Grupo de Acción Local “Asociación de Desarrollo Rural Comarca de Las Vegas y Alcarria de Alcalá”, seleccionado para la aplicación de su estrategia de desarrollo local
participativo en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común
(PEPAC) 2023-2027.
Madrid, a 30 de diciembre de 2024.
REUNIDOS
De una parte, D. Miguel Ángel García Martín, Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local de la Comunidad de Madrid, en virtud del Decreto 39/2023, de 23 de junio,
de la Presidenta de la Comunidad de Madrid por el que se dispone su nombramiento (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 150 de 26 de junio de 2023) y actuando en
el ejercicio de su cargo, en uso de las facultades que le confiere el artículo 41.a) de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y
el Decreto 229/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece su
estructura orgánica y de lo establecido en el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de
Gobierno, por el que se regula la actividad convencional en la Comunidad de Madrid.
De otra parte, la Asociación de Desarrollo Rural Comarca de las Vegas y Alcarria de
Alcalá, con sede en Calle Los Huertos, 36, Chinchón y con número de identificación fiscal
G-81321812 representado por su Presidente, D. Miguel Ángel Pulido Cobos, nombrado por
acuerdo de dicha entidad de fecha 9 de junio de 2022 y facultado para la firma de este convenio por el artículo 17 de sus estatutos, inscritos en el Registro de Asociaciones de la Comunidad de Madrid con número 15539, fecha 21 de abril de 2016.
Las partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir el
presente Convenio y a tal efecto,
I. Que el artículo 26.1.7 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid,
otorga a esta, competencia exclusiva en materia de fomento del desarrollo económico de la
Comunidad de Madrid, dentro de los objetivos marcados por la política económica nacional. El Decreto 229/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, otorga a la Dirección General de Reequilibrio Territorial las competencias en materia
de fomento del desarrollo y diversificación económica de las zonas rurales de la Comunidad de Madrid, y en particular la gestión del programa LEADER.
II. Que mediante la Decisión de Ejecución de la Comisión de 31 de agosto de 2022,
C (2022) 6017, fue aprobado el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 de España para la
ayuda de la Unión financiada por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía y el Fondo
Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (PEPAC 2023-2027).
III. Que dicho Plan contempla la Intervención 7119 “LEADER” cuya finalidad es la
aplicación de estrategias innovadoras mediante el método LEADER, contribuyendo al desarrollo sostenible a largo plazo de los territorios rurales, la mejora de la gobernanza y movilización del potencial de desarrollo endógeno de las zonas rurales.
IV. Que la finalidad de este Convenio es la aplicación de la intervención 7119 “LEADER” del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común 2023-2027 de España, en el ámbito
territorial del GAL, y de su Estrategia de Desarrollo Local Participativo (en adelante EDLP).
V. Que el GAL ha sido seleccionado mediante la Orden de 4 de noviembre de 2024, de
la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local por la que se seleccionan los gru-
BOCM-20250118-14
EXPONEN.
B.O.C.M. Núm. 15
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SÁBADO 18 DE ENERO DE 2025
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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
14
CONVENIO de 30 de diciembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local) y el Grupo de Acción Local “Asociación de Desarrollo Rural Comarca de Las Vegas y Alcarria de Alcalá”, seleccionado para la aplicación de su estrategia de desarrollo local
participativo en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común
(PEPAC) 2023-2027.
Madrid, a 30 de diciembre de 2024.
REUNIDOS
De una parte, D. Miguel Ángel García Martín, Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local de la Comunidad de Madrid, en virtud del Decreto 39/2023, de 23 de junio,
de la Presidenta de la Comunidad de Madrid por el que se dispone su nombramiento (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 150 de 26 de junio de 2023) y actuando en
el ejercicio de su cargo, en uso de las facultades que le confiere el artículo 41.a) de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y
el Decreto 229/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece su
estructura orgánica y de lo establecido en el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de
Gobierno, por el que se regula la actividad convencional en la Comunidad de Madrid.
De otra parte, la Asociación de Desarrollo Rural Comarca de las Vegas y Alcarria de
Alcalá, con sede en Calle Los Huertos, 36, Chinchón y con número de identificación fiscal
G-81321812 representado por su Presidente, D. Miguel Ángel Pulido Cobos, nombrado por
acuerdo de dicha entidad de fecha 9 de junio de 2022 y facultado para la firma de este convenio por el artículo 17 de sus estatutos, inscritos en el Registro de Asociaciones de la Comunidad de Madrid con número 15539, fecha 21 de abril de 2016.
Las partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir el
presente Convenio y a tal efecto,
I. Que el artículo 26.1.7 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid,
otorga a esta, competencia exclusiva en materia de fomento del desarrollo económico de la
Comunidad de Madrid, dentro de los objetivos marcados por la política económica nacional. El Decreto 229/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, otorga a la Dirección General de Reequilibrio Territorial las competencias en materia
de fomento del desarrollo y diversificación económica de las zonas rurales de la Comunidad de Madrid, y en particular la gestión del programa LEADER.
II. Que mediante la Decisión de Ejecución de la Comisión de 31 de agosto de 2022,
C (2022) 6017, fue aprobado el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 de España para la
ayuda de la Unión financiada por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía y el Fondo
Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (PEPAC 2023-2027).
III. Que dicho Plan contempla la Intervención 7119 “LEADER” cuya finalidad es la
aplicación de estrategias innovadoras mediante el método LEADER, contribuyendo al desarrollo sostenible a largo plazo de los territorios rurales, la mejora de la gobernanza y movilización del potencial de desarrollo endógeno de las zonas rurales.
IV. Que la finalidad de este Convenio es la aplicación de la intervención 7119 “LEADER” del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común 2023-2027 de España, en el ámbito
territorial del GAL, y de su Estrategia de Desarrollo Local Participativo (en adelante EDLP).
V. Que el GAL ha sido seleccionado mediante la Orden de 4 de noviembre de 2024, de
la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local por la que se seleccionan los gru-
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EXPONEN.