D) Anuncios - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20250118-12)
Convenio – Convenio de 27 de diciembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local) y la Hermandad de Nuestra Señora de los Mártires de Paracuellos, para la concesión de una subvención directa, al amparo del apartado tercero, del artículo 4.5.c), de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, para el desarrollo del Proyecto “Divulgación y dignificación en Paracuellos de Jarama”
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 15
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 18 DE ENERO DE 2025
Pág. 153
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
12
CONVENIO de 27 de diciembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local) y la Hermandad de Nuestra
Señora de los Mártires de Paracuellos, para la concesión de una subvención directa, al amparo del apartado tercero, del artículo 4.5.c), de la Ley 2/1995, de 8
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, para el desarrollo del
Proyecto “Divulgación y dignificación en Paracuellos de Jarama”.
En Madrid, a 27 de diciembre de 2024.
REUNIDOS
En representación de la Comunidad de Madrid, D. Miguel Ángel García Martín, Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, nombrado por Decreto 39/2023, de 23
de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID número 150, de 26 de junio), actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 4.3.a) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de Adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley estatal 4/1999, de 13 de enero, y el artículo 41.a) de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.
En representación de la Hermandad de Nuestra Señora de los Mártires de Paracuellos
(en adelante, “la Hermandad”), con NIF R-7800210B e inscrita con el número 021168 en el
Registro de Entidades Religiosas del Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las
Cortes, D. José Calle Benito, en su condición de Presidente de la Hermandad y haciendo uso
de las facultades de representación atribuidas en el artículo 25.7.o de sus Estatutos,
Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente convenio y
I. La Hermandad es una asociación católica sin ánimo de lucro que tiene como finalidad, de acuerdo con el artículo 3 de sus Estatutos, proteger la memoria de todas las víctimas de la guerra civil y de su persecución religiosa, cuyos restos reposan en el actual Cementerio de los Mártires de Paracuellos de Jarama, velar por sus descendientes y familiares,
así como proteger el recinto del Cementerio.
II. Para la consecución de los fines fundacionales, la Hermandad, en virtud del artículo 3 de sus Estatutos, podrá realizar cualquier actividad que esté en consonancia con dichos fines.
III. La Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local tiene la competencia en materia de coordinación e impulso de la acción del Gobierno entre las Consejerías y de cooperación con el Estado, conforme a lo previsto en el Decreto 229/2023, de 6 de
septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local.
IV. El Consejo Territorial de Memoria Democrática, en su reunión del día 6 de junio
de 2024, ha procedido al reparto del crédito consignado en el presupuesto de gastos del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática para transferencias a las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla, del que ha correspondido a la Comunidad de
Madrid un crédito total de 58.829,22 euros, destinado, por una parte, a la localización, exhumación e identificación de personas desaparecidas durante la Guerra Civil y la Dictadura (línea estratégica 1) y, por otra, a las actividades de divulgación y de dignificación de lugares
de enterramiento y promoción de los lugares de memoria (líneas estratégicas 2 y 3).
V. La Comunidad de Madrid está interesada en el desarrollo de un proyecto en el
marco de lo acordado en el Consejo Territorial de Memoria Democrática, en virtud de los
BOCM-20250118-12
MANIFIESTAN
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SÁBADO 18 DE ENERO DE 2025
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I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
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CONVENIO de 27 de diciembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local) y la Hermandad de Nuestra
Señora de los Mártires de Paracuellos, para la concesión de una subvención directa, al amparo del apartado tercero, del artículo 4.5.c), de la Ley 2/1995, de 8
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, para el desarrollo del
Proyecto “Divulgación y dignificación en Paracuellos de Jarama”.
En Madrid, a 27 de diciembre de 2024.
REUNIDOS
En representación de la Comunidad de Madrid, D. Miguel Ángel García Martín, Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, nombrado por Decreto 39/2023, de 23
de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID número 150, de 26 de junio), actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 4.3.a) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de Adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley estatal 4/1999, de 13 de enero, y el artículo 41.a) de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.
En representación de la Hermandad de Nuestra Señora de los Mártires de Paracuellos
(en adelante, “la Hermandad”), con NIF R-7800210B e inscrita con el número 021168 en el
Registro de Entidades Religiosas del Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las
Cortes, D. José Calle Benito, en su condición de Presidente de la Hermandad y haciendo uso
de las facultades de representación atribuidas en el artículo 25.7.o de sus Estatutos,
Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente convenio y
I. La Hermandad es una asociación católica sin ánimo de lucro que tiene como finalidad, de acuerdo con el artículo 3 de sus Estatutos, proteger la memoria de todas las víctimas de la guerra civil y de su persecución religiosa, cuyos restos reposan en el actual Cementerio de los Mártires de Paracuellos de Jarama, velar por sus descendientes y familiares,
así como proteger el recinto del Cementerio.
II. Para la consecución de los fines fundacionales, la Hermandad, en virtud del artículo 3 de sus Estatutos, podrá realizar cualquier actividad que esté en consonancia con dichos fines.
III. La Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local tiene la competencia en materia de coordinación e impulso de la acción del Gobierno entre las Consejerías y de cooperación con el Estado, conforme a lo previsto en el Decreto 229/2023, de 6 de
septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local.
IV. El Consejo Territorial de Memoria Democrática, en su reunión del día 6 de junio
de 2024, ha procedido al reparto del crédito consignado en el presupuesto de gastos del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática para transferencias a las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla, del que ha correspondido a la Comunidad de
Madrid un crédito total de 58.829,22 euros, destinado, por una parte, a la localización, exhumación e identificación de personas desaparecidas durante la Guerra Civil y la Dictadura (línea estratégica 1) y, por otra, a las actividades de divulgación y de dignificación de lugares
de enterramiento y promoción de los lugares de memoria (líneas estratégicas 2 y 3).
V. La Comunidad de Madrid está interesada en el desarrollo de un proyecto en el
marco de lo acordado en el Consejo Territorial de Memoria Democrática, en virtud de los
BOCM-20250118-12
MANIFIESTAN