D) Anuncios - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20250118-9)
Convenio – Adenda de 20 de diciembre de 2024, de tercera prórroga del Convenio de asistencia jurídica al Ente Público Canal de Isabel II
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 15
SÁBADO 18 DE ENERO DE 2025
Pág. 133
Tercero
Antes de la expiración de la vigencia del convenio, las partes estiman conveniente
acordar la prórroga por un año más, hasta el 31 de diciembre de 2025, al resultar satisfactoria la colaboración alcanzada en virtud del mismo.
Por todo lo expuesto, suscriben la presente Adenda de acuerdo con las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera
Prórroga del convenio
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las partes acuerdan prorrogar el Convenio de
asistencia jurídica al Ente Público Canal de Isabel II, de 17 de enero de 2022, hasta el 31 de
diciembre de 2025.
Segunda
Mantenimiento y vigencia del resto de cláusulas
BOCM-20250118-9
Todas las restantes obligaciones asumidas por las partes firmantes en virtud del Convenio que ahora se prorroga se mantienen expresamente vigentes y sin cambios hasta la expiración del plazo de prórroga objeto de la presente Adenda.
Y, siendo cuanto antecede fiel reflejo de la voluntad de las partes, firman de forma sucesiva la presente Adenda de prórroga, con los respectivos certificados electrónicos, considerándose firmada.
En Madrid, a 20 de diciembre de 2024.—El Consejero de Presidencia, Justicia y
Administración Local, Miguel Ángel García Martín.—El Gerente del Ente Público Canal
de Isabel II, José Luis Fernández-Quejo del Pozo.
(03/72/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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B.O.C.M. Núm. 15
SÁBADO 18 DE ENERO DE 2025
Pág. 133
Tercero
Antes de la expiración de la vigencia del convenio, las partes estiman conveniente
acordar la prórroga por un año más, hasta el 31 de diciembre de 2025, al resultar satisfactoria la colaboración alcanzada en virtud del mismo.
Por todo lo expuesto, suscriben la presente Adenda de acuerdo con las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera
Prórroga del convenio
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las partes acuerdan prorrogar el Convenio de
asistencia jurídica al Ente Público Canal de Isabel II, de 17 de enero de 2022, hasta el 31 de
diciembre de 2025.
Segunda
Mantenimiento y vigencia del resto de cláusulas
BOCM-20250118-9
Todas las restantes obligaciones asumidas por las partes firmantes en virtud del Convenio que ahora se prorroga se mantienen expresamente vigentes y sin cambios hasta la expiración del plazo de prórroga objeto de la presente Adenda.
Y, siendo cuanto antecede fiel reflejo de la voluntad de las partes, firman de forma sucesiva la presente Adenda de prórroga, con los respectivos certificados electrónicos, considerándose firmada.
En Madrid, a 20 de diciembre de 2024.—El Consejero de Presidencia, Justicia y
Administración Local, Miguel Ángel García Martín.—El Gerente del Ente Público Canal
de Isabel II, José Luis Fernández-Quejo del Pozo.
(03/72/25)
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ISSN 1989-4791