Galapagar (BOCM-20250117-46)
Personal. Relación puestos trabajo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 14
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 17 DE ENERO DE 2025
Pág. 229
BOCM-20250117-46
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer
alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Pleno de este Ayuntamiento, en
el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente
recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo
de Madrid en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la
presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que
aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo
ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
En Galapagar, a 27 de diciembre de 2024.—La alcaldesa, por delegación (Decreto de
Alcaldía núm. 3643/2024, de 21 de octubre; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID núm. 263, de 4 de noviembre de 2024), el sexto teniente de alcalde delegado del
Área de Recursos Humanos y Deportes, José Ángel Moreno Romero.
(03/21.628/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 14
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VIERNES 17 DE ENERO DE 2025
Pág. 229
BOCM-20250117-46
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer
alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Pleno de este Ayuntamiento, en
el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente
recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo
de Madrid en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la
presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que
aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo
ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
En Galapagar, a 27 de diciembre de 2024.—La alcaldesa, por delegación (Decreto de
Alcaldía núm. 3643/2024, de 21 de octubre; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID núm. 263, de 4 de noviembre de 2024), el sexto teniente de alcalde delegado del
Área de Recursos Humanos y Deportes, José Ángel Moreno Romero.
(03/21.628/24)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791