D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20250116-25)
Convenio – Convenio de colaboración de 19 de diciembre de 2024, entre el Servicio Madrileño de Salud, a través del SUMMA 112, y el excelentísimo Ayuntamiento de Tres Cantos en materia de asistencia a las urgencias, emergencias sanitarias y transporte sanitario
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BOCM
Pág. 68
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 16 DE ENERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 13
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Sanidad
SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD
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CONVENIO de colaboración de 19 de diciembre de 2024, entre el Servicio Madrileño de Salud, a través del SUMMA 112, y el excelentísimo Ayuntamiento de
Tres Cantos en materia de asistencia a las urgencias, emergencias sanitarias y
transporte sanitario.
De una parte, D.a Laura Gutiérrez Barreno, Viceconsejera de Sanidad y Directora General del Servicio Madrileño de Salud, nombrada mediante Decreto 257/2023, de 22 de noviembre, del Consejo de Gobierno, en nombre y representación del Servicio Madrileño de
Salud, actuando en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 23.2.a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento
del Servicio Madrileño de Salud, y el Acuerdo del Consejo de Administración del Servicio
Madrileño de Salud, de 9 de mayo de 2008, ratificado en su reunión de 17 de junio de 2020,
por el que se delegan determinadas competencias en materia de convenios.
Y de otra, D. Jesús Moreno García, Alcalde-Presidente del Excelentísimo Ayuntamiento de
Tres Cantos (en adelante, el Ayuntamiento), por elección en la sesión plenaria de 17 de junio de
2023, en virtud de las atribuciones que tiene conferidas por el artículo 21.1.a) de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, actuando en el ejercicio de su cargo y
en representación del municipio señalado, y de conformidad con las previsiones del artículo 25
de esta misma ley, en relación con el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, que regula la suscripción de convenios entre las Entidades Locales y la Comunidad de Madrid en asuntos de su interés común.
Las partes se reconocen recíprocamente, en la representación que ostentan, hallándose facultadas para la firma del presente convenio, con capacidad para el otorgamiento del
presente documento y al efecto
EXPONEN
Primero
Que la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de
Madrid, en su artículo 2.3.b) recoge entre sus principios rectores la concepción integral del
sistema sanitario, incluyendo la promoción de la salud, la educación sanitaria, la prevención, la asistencia en caso de enfermedad, la rehabilitación, la investigación y la formación
sanitaria.
Que el Servicio Madrileño de Salud, en virtud de lo previsto en el artículo 4.a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del mismo, es el organismo encargado de la atención integral de la salud en todos los ámbitos asistenciales.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 246/2023, de 4 de octubre,
del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud, corresponde a la Viceconsejera de Sanidad la Dirección del Servicio Madrileño
de Salud y, en su artículo 2.h), se establece la competencia de la Dirección General Asistencial para la propuesta, seguimiento y control de convenios en el ámbito de actuación de las
Gerencias de Hospitales, Atención Primaria y SUMMA 112.
Tercero
El presente convenio se enmarca dentro de las competencias del Servicio Madrileño de
Salud y de la Comunidad de Madrid, en referencia al contenido mínimo que para los conve-
BOCM-20250116-25
Segundo
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CONVENIO de colaboración de 19 de diciembre de 2024, entre el Servicio Madrileño de Salud, a través del SUMMA 112, y el excelentísimo Ayuntamiento de
Tres Cantos en materia de asistencia a las urgencias, emergencias sanitarias y
transporte sanitario.
De una parte, D.a Laura Gutiérrez Barreno, Viceconsejera de Sanidad y Directora General del Servicio Madrileño de Salud, nombrada mediante Decreto 257/2023, de 22 de noviembre, del Consejo de Gobierno, en nombre y representación del Servicio Madrileño de
Salud, actuando en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 23.2.a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento
del Servicio Madrileño de Salud, y el Acuerdo del Consejo de Administración del Servicio
Madrileño de Salud, de 9 de mayo de 2008, ratificado en su reunión de 17 de junio de 2020,
por el que se delegan determinadas competencias en materia de convenios.
Y de otra, D. Jesús Moreno García, Alcalde-Presidente del Excelentísimo Ayuntamiento de
Tres Cantos (en adelante, el Ayuntamiento), por elección en la sesión plenaria de 17 de junio de
2023, en virtud de las atribuciones que tiene conferidas por el artículo 21.1.a) de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, actuando en el ejercicio de su cargo y
en representación del municipio señalado, y de conformidad con las previsiones del artículo 25
de esta misma ley, en relación con el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, que regula la suscripción de convenios entre las Entidades Locales y la Comunidad de Madrid en asuntos de su interés común.
Las partes se reconocen recíprocamente, en la representación que ostentan, hallándose facultadas para la firma del presente convenio, con capacidad para el otorgamiento del
presente documento y al efecto
EXPONEN
Primero
Que la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de
Madrid, en su artículo 2.3.b) recoge entre sus principios rectores la concepción integral del
sistema sanitario, incluyendo la promoción de la salud, la educación sanitaria, la prevención, la asistencia en caso de enfermedad, la rehabilitación, la investigación y la formación
sanitaria.
Que el Servicio Madrileño de Salud, en virtud de lo previsto en el artículo 4.a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del mismo, es el organismo encargado de la atención integral de la salud en todos los ámbitos asistenciales.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 246/2023, de 4 de octubre,
del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud, corresponde a la Viceconsejera de Sanidad la Dirección del Servicio Madrileño
de Salud y, en su artículo 2.h), se establece la competencia de la Dirección General Asistencial para la propuesta, seguimiento y control de convenios en el ámbito de actuación de las
Gerencias de Hospitales, Atención Primaria y SUMMA 112.
Tercero
El presente convenio se enmarca dentro de las competencias del Servicio Madrileño de
Salud y de la Comunidad de Madrid, en referencia al contenido mínimo que para los conve-
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