B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20250116-3)
Aspirantes proceso selectivo –  Resolución de 27 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se procede a declarar la pérdida de derechos de varios aspirantes en las pruebas selectivas por el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Celador del Servicio Madrileño de Salud, por incumplimiento de requisitos
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 16 DE ENERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 13

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Sanidad
SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD
3

RESOLUCIÓN de 27 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la
que se procede a declarar la pérdida de derechos de varios aspirantes en las
pruebas selectivas por el turno libre para el acceso a la condición de personal
estatutario fijo en la categoría de Celador del Servicio Madrileño de Salud, por
incumplimiento de requisitos.

RESUELVE
Declarar la pérdida de derechos derivada de la participación en las pruebas selectivas
por el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de
Celador del Servicio Madrileño de Salud, de la Comunidad de Madrid, convocado por
Resolución de 15 de junio de 2018, la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, de 29 de junio, corrección de errores de 16 de julio), de los siguientes aspirantes:

BOCM-20250116-3

Por Resolución de 15 de junio de 2018, la Dirección General de Recursos Humanos
y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de 29 de junio, corrección de errores de 16 de julio) se convocó pruebas selectivas por el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo
en la categoría de Celador del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid.
Los sistemas de selección para el acceso a nombramientos de personal estatutario fijo se
encuentran regulados en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud (“Boletín Oficial del Estado”, de 17 de diciembre).
La base segunda de la convocatoria en su apartado 2.1.f) establece como requisito, que
los aspirantes no deberán poseer la condición de personal estatutario fijo en la categoría
convocada o equivalente, conforme a lo establecido en la Orden SSI/2420/2015, de 11 de
noviembre, por la que se actualiza el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los Servicios de Salud, cualquiera que sea su
situación administrativa. Estos requisitos, al igual que el resto de los establecidos en la base
segunda, deberán poseerse el último día del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta el momento de la toma de posesión de la plaza adjudicada, tal como establece la base 2.2.
En virtud de lo anterior, se ha constatado que los aspirantes que se relacionan a continuación poseen la condición de personal estatutario fijo en el Servicio Madrileño de Salud,
incumpliendo con ello el requisito de la base segunda en su apartado 2.1.f) (Anexo I), o bien
incumplen uno o algunos de los requisitos de ésta misma base (Anexo II), o no han tomado posesión de la plaza adjudicada conforme al procedimiento establecido en la base 10.3
de la convocatoria (Anexo III).
Vista la sentencia del Tribunal Supremo número 823/2021 sobre recurso de casación,
que fija como criterio interpretativo aplicable para la formación de jurisprudencia que en
los procedimientos no sancionadores que adoptan acuerdos restrictivos de derechos, la omisión del trámite de audiencia a la parte interesada carece de efecto invalidante cuando tal
omisión no produce indefensión real material. En los casos que se indica en esta resolución,
ha quedado verificado el motivo de las pérdidas de derechos como personal estatutario fijo
en la categoría de Celador en la fecha y conforme al procedimiento establecido a tal efecto, por lo que la omisión del trámite de audiencia establecido en la base novena de la convocatoria no produce indefensión real material.
Por lo anteriormente expuesto, esta Dirección General en uso de las competencias que
tiene atribuidas en el artículo 7 del Decreto 246/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de octubre de 2023).