B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20250115-1)
Puesto funcionario habilitación nacional – Resolución de 30 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Reequilibrio Territorial, sobre la convocatoria por el sistema de Libre Designación, del puesto de trabajo de órgano de Recaudación, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, del Ayuntamiento de Fuenlabrada
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 12
MIÉRCOLES 15 DE ENERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 12
Séptima
Forma y toma de posesión
Conforme a lo establecido en el artículo 41 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con
habilitación de carácter nacional, el plazo para tomar posesión será de tres días hábiles si se
trata de puestos de trabajo de la misma localidad, o un mes, si se trata del primer destino o
de puestos de trabajo en localidad distinta.
El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al cese, que
deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución
de la Libre Designación en el “Boletín Oficial del Estado”. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación.
Octava
Normativa supletoria
En lo no previsto por las presentes Bases serán de aplicación el Capítulo V del Título II
del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, y las prescripciones correspondientes del Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo.
Novena
Recursos
BOCM-20250115-1
Contra las presentes bases, que son definitivas en vía administrativa, los interesados
podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes,
ante el órgano que las aprobó, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo
de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo en cuya circunscripción
tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a
elección de aquel, de conformidad con los artículos 8.1 y 14.1.2.a) de la Ley 29/1988, de 13
de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro
recurso que estimen procedente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 40.2 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas».
(03/112/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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Pág. 12
MIÉRCOLES 15 DE ENERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 12
Séptima
Forma y toma de posesión
Conforme a lo establecido en el artículo 41 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con
habilitación de carácter nacional, el plazo para tomar posesión será de tres días hábiles si se
trata de puestos de trabajo de la misma localidad, o un mes, si se trata del primer destino o
de puestos de trabajo en localidad distinta.
El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al cese, que
deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución
de la Libre Designación en el “Boletín Oficial del Estado”. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación.
Octava
Normativa supletoria
En lo no previsto por las presentes Bases serán de aplicación el Capítulo V del Título II
del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, y las prescripciones correspondientes del Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo.
Novena
Recursos
BOCM-20250115-1
Contra las presentes bases, que son definitivas en vía administrativa, los interesados
podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes,
ante el órgano que las aprobó, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo
de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo en cuya circunscripción
tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a
elección de aquel, de conformidad con los artículos 8.1 y 14.1.2.a) de la Ley 29/1988, de 13
de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro
recurso que estimen procedente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 40.2 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas».
(03/112/25)
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