Madrid (BOCM-20250114-52)
Secretaría de Gobierno. Apertura del plazo de listados de facilitadores
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 11

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 14 DE ENERO DE 2025

Pág. 195

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE
52

MADRID
SECRETARÍA DE GOBIERNO
CERTIFICACIÓN DE ACUERDO DE LA SALA DE GOBIERNO

Don Sebastián Lastra Liendo, secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, con sede en Madrid.
Certifico: Que en Pleno de la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, en sesión celebrada el 16 de diciembre de 2024, ha adoptado el siguiente acuerdo:
6. Ocho. TSJ. Presidencia. Propuesta de Presidencia para la apertura del plazo de listados de peritos para el año 2025.
Se da cuenta del acuerdo de la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia, de 9 de diciembre de este año, referente a la propuesta de criterios para el inicio del procedimiento de
elaboración de los listados de peritos judiciales para el año 2025.
La Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda: Aprobar el acuerdo de la Presidencia
de este Tribunal, de 9 de diciembre de este año, referente a la propuesta de criterios para el
inicio del procedimiento de elaboración de los listados de peritos judiciales para el año 2025
del siguiente contenido:
“Propuesta de criterios para el inicio del procedimiento de elaboración de los listados
de peritos judiciales para el año 2025
I
De conformidad con lo previsto en el artículo 341 de la Ley de Enjuiciamiento Civil,
en el mes de enero de cada año se interesará de los distintos colegios profesionales, o, en su
defecto, de entidades análogas, así como de las academias e instituciones a las que se refiere el artículo anterior, el envío de una lista de colegiados o asociados dispuestos a actuar
como peritos.
Con la finalidad de llevar a cabo la elaboración de los correspondientes listados, disponiendo de la conveniente antelación que permita conformar los diferentes catálogos clasificados en el repositorio informático de este Tribunal Superior de Justicia, a la Sala de Gobierno elevo la siguiente
II

1. Con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 341.1 de la Ley
de Enjuiciamiento Civil, para la remisión de los listados de los profesionales colegiados, así
como los asociados dispuestos a actuar como peritos, en el año 2025 en los juzgados y tribunales del ámbito del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, los colegios profesionales y
entidades análogas correspondientes deberán recabar las instrucciones y forma de presentación de dichos listados a través de la dirección de correo electrónico: tsj.peritos@madrid.org
2. De conformidad con lo previsto en el artículo 340 de la misma Ley, solo podrán
ser incluidos en los listados de peritos quienes estén en posesión del título oficial que corresponda a la materia y/o especialidad sobre la que puedan ser llamados para la emisión de
los oportunos dictámenes científicos o técnicos.
3. Si se tratase de personas jurídicas o entidades que soliciten su inclusión en el catálogo de peritos judiciales a través de colegios o asociaciones, deberán verificar que consta en sus estatutos la facultad de ejercer como peritos.
4. La inscripción en una subespecialidad del catálogo de especialidades sin la titulación oportuna puede derivar en la exigencia de responsabilidades civiles, penales y/o administrativas.

BOCM-20250114-52

PROPUESTA