B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20250114-1)
Puesto funcionario habilitación nacional –  Resolución de 30 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Reequilibrio Territorial, sobre la modificación de la clasificación del puesto de trabajo de Secretaría, clase 1.a, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 11

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 14 DE ENERO DE 2025

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I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
RESOLUCIÓN de 30 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Reequilibrio Territorial sobre la modificación de la clasificación del puesto de trabajo
de Secretaría, clase 1.a, reservado a funcionarios de Administración Local con
habilitación de carácter nacional, del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz.

El Ayuntamiento Torrejón de Ardoz, mediante solicitud de fecha 31 de octubre
de 2024, remite documentación relativa a la modificación de la clasificación del puesto de
Secretaria, clase 1.a, reservado a funcionarios de la Administración Local con habilitación
de carácter nacional, por parte de la Comunidad de Madrid, de conformidad con los art. 14,
26, 45 y siguientes del RD 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Visto que en el expediente consta solicitud dirigida a la Comunidad de Madrid, al
amparo de las competencias de modificación de la clasificación del puesto de Secretaría,
clase 1.a, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional que tiene atribuidas; el Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 24 de octubre de 2024, sobre la modificación del puesto de Secretaría, clase 1.a, en la relación de puestos de trabajo, referido a su sistema de provisión, de concurso a Libre Designación; y el
acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 24 de octubre de 2024, sobre la modificación de las características del puesto de Secretaría, clase 1.a, reservado a funcionarios de
Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Visto el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 24 de octubre de 2024, sobre
la modificación de las características del puesto de Secretaría, clase 1.a, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, quedando este con
las siguientes características:
Situación actual:
— Denominación: Secretaría.
— Subescala Secretaría. Categoría Superior, Clase 1.a Subgrupo A1.
— Nivel de complemento de destino 30.
— Complemento específico: 62.448,26 euros /año.
— Forma de provisión: concurso.
Clasificación que se solicita:
— Denominación: Secretaría.
— Subescala Secretaría. Categoría Superior, Clase 1.a Subgrupo A1.
— Nivel de complemento de destino 30.
— Complemento específico: 62.448,26 euros/año.
— Forma de provisión: Libre Designación.
Visto que de conformidad con el artículo 45 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con
habilitación de carácter nacional, establece que “1. Excepcionalmente, los puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional podrán cubrirse por el sistema de Libre Designación en las Entidades Locales incluidas
en el apartado 6 del artículo 92 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases
del Régimen Local, entre funcionarios de la subescala y categoría correspondiente. 2. La
opción por el sistema de Libre Designación requiere la modificación previa en tal sentido
de la correspondiente relación de puestos de trabajo, y comunicación al órgano competente de la Comunidad Autónoma a efectos de clasificación del sistema de provisión, sin perjuicio de la autorización a la que se refiere el párrafo anterior”.
Visto que el artículo 92 bis, apartado 6, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de
las Bases del Régimen Local, establece que “Excepcionalmente, los puestos de trabajo reservados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional podrán cubrirse por el sistema de Libre Designación, en los municipios incluidos en el ámbi-

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