Madrid número 18 (BOCM-20250114-53)
Procedimiento 1553/2023
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 11
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 14 DE ENERO DE 2025
Pág. 197
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE
53
MADRID NÚMERO 18
EDICTO
D. José Carlos González Arnal, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de instrucción número 18 de Madrid.
Doy fe y testimonio: Que en el juicio sobre delitos leves número 1553/2023, se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:
SENTENCIA N.o
422/23
Juez/magistrado-juez: D./Dña, Ángel José Lera Carrasco.
Lugar: Madrid.
Fecha: veintidós de septiembre de dos mil veintitrés.
Vistos por mí, D./Dña. Ángel José Lera Carrasco, magistrado-juez de este Juzgado de
Instrucción número 18 de Madrid, los presentes autos de Juicio sobre Delito Leve número 1553/2023, contra D./Dña, Miguel Ángel Jaramillo Becerra, en los que ha sido parte el
Ministerio Fiscal, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y
en nombre del Rey, dicto la siguiente sentencia.
Vistos los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación
FALLO
BOCM-20250114-53
Que debo absolver y absuelvo a D. Miguel Ángel Jaramillo Becerra de los hechos aquí
enjuiciados. Se declaran de oficio las costas procesales.
Contra esta resolución cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días que se interpondrá por escrito ante este Juzgado y autorizado con firma de Letrado.
Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
El/la Juez/Magistrado/a Juez.
PUBLICACIÓN.—Dada, leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Sr, Magistrado-Juez que la suscribe, estando celebrada audiencia pública; doy fe.
Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a Dña. Elvia Yolany Lagos Osorio, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.
En Madrid, a 28 de noviembre de 2024.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/134/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 11
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 14 DE ENERO DE 2025
Pág. 197
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE
53
MADRID NÚMERO 18
EDICTO
D. José Carlos González Arnal, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de instrucción número 18 de Madrid.
Doy fe y testimonio: Que en el juicio sobre delitos leves número 1553/2023, se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:
SENTENCIA N.o
422/23
Juez/magistrado-juez: D./Dña, Ángel José Lera Carrasco.
Lugar: Madrid.
Fecha: veintidós de septiembre de dos mil veintitrés.
Vistos por mí, D./Dña. Ángel José Lera Carrasco, magistrado-juez de este Juzgado de
Instrucción número 18 de Madrid, los presentes autos de Juicio sobre Delito Leve número 1553/2023, contra D./Dña, Miguel Ángel Jaramillo Becerra, en los que ha sido parte el
Ministerio Fiscal, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y
en nombre del Rey, dicto la siguiente sentencia.
Vistos los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación
FALLO
BOCM-20250114-53
Que debo absolver y absuelvo a D. Miguel Ángel Jaramillo Becerra de los hechos aquí
enjuiciados. Se declaran de oficio las costas procesales.
Contra esta resolución cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días que se interpondrá por escrito ante este Juzgado y autorizado con firma de Letrado.
Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
El/la Juez/Magistrado/a Juez.
PUBLICACIÓN.—Dada, leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Sr, Magistrado-Juez que la suscribe, estando celebrada audiencia pública; doy fe.
Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a Dña. Elvia Yolany Lagos Osorio, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.
En Madrid, a 28 de noviembre de 2024.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/134/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791