D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250114-10)
Convenio –  Convenio de reafianzamiento de 19 de diciembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid y Avalmadrid, S. G. R., en operaciones de financiación de compra de suelo finalista para la construcción de viviendas de protección pública de la Comunidad de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 14 DE ENERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 11

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
10

CONVENIO de reafianzamiento de 19 de diciembre de 2024, entre la Comunidad
de Madrid y Avalmadrid, S. G. R., en operaciones de financiación de compra de
suelo finalista para la construcción de viviendas de protección pública de la Comunidad de Madrid.
REUNIDOS

De una parte, el Ilmo. Sr. D. Daniel Rodríguez Asensio, Viceconsejero de Economía
y Empleo, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid,
según nombramiento efectuado por Decreto 91/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno y en el ejercicio de las competencias recogidas en la Orden de 17 de abril de 2024, de la
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones.
Y de otra parte, D. Jesús Lorenzo Alonso Felipe, en calidad de Director General, y D.
Fernando de la Fuente Gómez, en calidad de Director Financiero y de Administración, actuando en representación de Avalmadrid, Sociedad de Garantía Recíproca (en adelante
Avalmadrid, S. G. R.), con domicilio social en Madrid, Avda. de los Toreros, número 3, con
Cédula de Identificación Fiscal V-28.737.526, e inscrita en el Registro Mercantil de
Madrid, tomo 9.957, folio 140, hoja M-159.395, con carácter mancomunado de acuerdo
con lo dispuesto en la facultad 2, poderes de administración y disposición, de la escritura
de poder otorgada el 30 de enero de 2023, ante José Luis Martínez-Gil Calero, como sustituto legal del notario de Madrid don José Ángel Martínez Sanchiz, con el n.o 186 de su orden de protocolo.
Reconociéndose recíprocamente la capacidad legal necesaria para la firma del presente convenio, en uso de las competencias que tienen ambas partes otorgadas,
EXPONEN
Primero
El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, establece, en su artículo 26.1.1.4 que corresponde a la Comunidad de Madrid la competencia exclusiva en materia de ordenación del territorio, urbanismo y vivienda; asimismo en su artículo 26.1.1.17 establece que corresponde a la
Comunidad de Madrid la competencia exclusiva en materia fomento del desarrollo económico de la Comunidad de Madrid, dentro de los objetivos marcados por la política económica nacional; y finalmente en su artículo 26.3.1.1, se establece, que de acuerdo con las bases y la ordenación de la actividad económica general y la política monetaria del Estado,
corresponde a la Comunidad de Madrid, en los términos de lo dispuesto en los artículos 38, 131 y en las materias 11.a y 13.a del apartado 1 del artículo 149 de la Constitución
Española, la competencia exclusiva en materia de ordenación y planificación de la actividad económica regional.

De acuerdo con el Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y
Empleo, la Dirección General de Promoción Económica e Industrial tiene asignadas, entre
otras, la competencia en el diseño, desarrollo y control de actuaciones dirigidas a mejorar
y promover el acceso a la financiación por parte de las empresas madrileñas.

BOCM-20250114-10

Segundo