D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250113-40)
Vías pecuarias – Resolución de 10 de diciembre de 2024, del Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se anuncia la exposición pública relativa a la autorización de ocupación temporal de las vías pecuarias Colada de Corpa a Santorcaz, Colada de San Pedro y Colada del Abrevadero, en el término municipal de Anchuelo, para instalación de las líneas LSMT 30 kv de la PFV Collarada Solar a la SET 220/30 kv Valdepozuelo, LSMT 30 kv de la PFV Maladeta Solar a la SET 220/30 kv Valdepozuelo, LSMT 30 kv de la PFV Popa Solar a la SET 220/30 kv Valdepozuelo y de la LAAT 220 kv desde la SET 220/30 kv Valdepozuelo hasta la SET 400/220/30 kv Henares, actuación promovida por Maladeta Solar, S. L.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 10
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 13 DE ENERO DE 2025
Pág. 203
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
40
RESOLUCIÓN de 10 de diciembre de 2024, del Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se anuncia la exposición pública relativa a la autorización de ocupación temporal de las vías pecuarias Colada de
Corpa a Santorcaz, Colada de San Pedro y Colada del Abrevadero, en el término municipal de Anchuelo, para instalación de las líneas LSMT 30 kv de la PFV
Collarada Solar a la SET 220/30 kv Valdepozuelo, LSMT 30 kv de la PFV Maladeta Solar a la SET 220/30 kv Valdepozuelo, LSMT 30 kv de la PFV Popa Solar a la SET 220/30 kv Valdepozuelo y de la LAAT 220 kv desde la SET 220/30 kv
Valdepozuelo hasta la SET 400/220/30 kv Henares, actuación promovida por
Maladeta Solar, S. L.
Examinado el expediente 0161/24 de ocupación temporal de las vías pecuarias Colada de Corpa a Santorcaz, Colada de San Pedro y Colada del Abrevadero en el término municipal de Anchuelo se desprenden los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Con referencia 10/062936.9/24, tiene entrada en esta Área de Vías Pecuarias, solicitud
de autorización de ocupación de las vías pecuarias Colada de Corpa a Santorcaz, Colada de
San Pedro y Colada del Abrevadero en el término municipal de Anchuelo, para instalación
de las líneas LSMT 30 kv de la PFV Collarada Solar a la SET 220/30 kv Valdepozuelo,
LSMT 30 kv de la PFV Maladeta Solar a la SET 220/30 kv Valdepozuelo, LSMT 30 kv
de la PFV Popa Solar a la SET 220/30 kv Valdepozuelo y de la LAAT 220 kv desde la
SET 220/30 kv Valdepozuelo hasta la SET 400/220/30 kv Henares, actuación promovida
por Maladeta Solar, S. L.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
La Ley 8/1998, de 17 de junio de la Comunidad de Madrid, regula las vías pecuarias
existentes en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, en el marco de la legislación
básica del Estado (Ley 3/1995, de 23 de marzo de Vías Pecuarias).
Segundo
RESUELVE
Primero
Someter al trámite de información pública de un mes, desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
el proyecto de ocupación del expediente 0161/24, de referencia.
BOCM-20250113-40
Las ocupaciones temporales de las vías pecuarias están previstas en los artículos 37 y 38
de la citada Ley 8/1998, donde se recoge que la concesión de estas autorizaciones se someterá al trámite de información pública por tiempo de un mes.
Esta Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, en base a las competencias atribuidas por el Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la
Comunidad de Madrid y el Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior,
B.O.C.M. Núm. 10
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 13 DE ENERO DE 2025
Pág. 203
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
40
RESOLUCIÓN de 10 de diciembre de 2024, del Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se anuncia la exposición pública relativa a la autorización de ocupación temporal de las vías pecuarias Colada de
Corpa a Santorcaz, Colada de San Pedro y Colada del Abrevadero, en el término municipal de Anchuelo, para instalación de las líneas LSMT 30 kv de la PFV
Collarada Solar a la SET 220/30 kv Valdepozuelo, LSMT 30 kv de la PFV Maladeta Solar a la SET 220/30 kv Valdepozuelo, LSMT 30 kv de la PFV Popa Solar a la SET 220/30 kv Valdepozuelo y de la LAAT 220 kv desde la SET 220/30 kv
Valdepozuelo hasta la SET 400/220/30 kv Henares, actuación promovida por
Maladeta Solar, S. L.
Examinado el expediente 0161/24 de ocupación temporal de las vías pecuarias Colada de Corpa a Santorcaz, Colada de San Pedro y Colada del Abrevadero en el término municipal de Anchuelo se desprenden los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Con referencia 10/062936.9/24, tiene entrada en esta Área de Vías Pecuarias, solicitud
de autorización de ocupación de las vías pecuarias Colada de Corpa a Santorcaz, Colada de
San Pedro y Colada del Abrevadero en el término municipal de Anchuelo, para instalación
de las líneas LSMT 30 kv de la PFV Collarada Solar a la SET 220/30 kv Valdepozuelo,
LSMT 30 kv de la PFV Maladeta Solar a la SET 220/30 kv Valdepozuelo, LSMT 30 kv
de la PFV Popa Solar a la SET 220/30 kv Valdepozuelo y de la LAAT 220 kv desde la
SET 220/30 kv Valdepozuelo hasta la SET 400/220/30 kv Henares, actuación promovida
por Maladeta Solar, S. L.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
La Ley 8/1998, de 17 de junio de la Comunidad de Madrid, regula las vías pecuarias
existentes en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, en el marco de la legislación
básica del Estado (Ley 3/1995, de 23 de marzo de Vías Pecuarias).
Segundo
RESUELVE
Primero
Someter al trámite de información pública de un mes, desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
el proyecto de ocupación del expediente 0161/24, de referencia.
BOCM-20250113-40
Las ocupaciones temporales de las vías pecuarias están previstas en los artículos 37 y 38
de la citada Ley 8/1998, donde se recoge que la concesión de estas autorizaciones se someterá al trámite de información pública por tiempo de un mes.
Esta Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, en base a las competencias atribuidas por el Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la
Comunidad de Madrid y el Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior,