Madrid (BOCM-20250113-50)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Competencias Áreas Gobierno
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BOCM

LUNES 13 DE ENERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 10

no de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, del titular del Área de Gobierno de Políticas
de Vivienda y de la titular de la Coordinación General de la Alcaldía, que eleva la Vicealcaldesa, y previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión
de 26 de diciembre de 2024,
ACUERDA
Primero.—Modificar el Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la
Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía,
Portavoz, Seguridad y Emergencias, en los términos que se indican a continuación:
En el apartado 3.o, se suprime el punto 3.6, que queda sin contenido.
Segundo.—Modificar el Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de
la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de los distritos, en los términos que
se indican a continuación:
En el apartado 4.o, se suprime el punto 3.6, que queda sin contenido.
Tercero.—Modificar el Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la
Ciudad de Madrid, de organización y estructura de la Presidencia del Pleno, en los términos que se indican a continuación:
En el apartado 3.o, se suprime la letra e) del punto 3.1, que queda sin contenido.
Cuarto.—Modificar el Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la
Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo,
Medio Ambiente y Movilidad, en los términos que se indican a continuación:
En el apartado 3.o, se suprime el punto 3.6, que queda sin contenido.
Quinto.—Modificar el Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la
Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, en los términos que se indican a continuación:
En el apartado 3.o, se suprime el punto 3.6, que queda sin contenido.
Sexto.—Modificar el Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la
Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, en los términos que se indican a continuación:
Uno. En el apartado 3.o, se modifica el punto 3.6 y la letra g) en el punto 4.2, que
quedan redactados en los siguientes términos:
“3.6. Autorizar y disponer gastos, así como reconocer y liquidar obligaciones relativos a intereses de demora y costes de cobro derivados del retraso en el pago de facturas correspondientes a contratos administrativos tramitados por los órganos municipales, así
como los derivados de la ejecución de sentencias”.
“g) Resolver, a propuesta de la Dirección General de Presupuestos, sobre el reconocimiento de abono de intereses de demora y costes de cobro derivados del retraso en
el pago de facturas correspondientes a contratos administrativos tramitados por
los órganos municipales y organismos autónomos.
En el caso de que el responsable de la tramitación del contrato del que deriven las
facturas cuyos intereses y/o costes de cobro deban satisfacerse sea un organismo
autónomo, la resolución será remitida a su titular, a fin de que proceda a la ejecución de dicha resolución con cargo a sus propios créditos”.
Dos. En el apartado 24.o, se suprime la letra f) del punto 1.1, que queda sin contenido.
Séptimo.—Modificar el Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la
Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, en los términos que se indican a continuación:
En el apartado 3.o, se suprime el punto 3.6, que queda sin contenido.
Octavo.—Modificar el Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la
Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, en los términos que se indican a continuación:
En el apartado 3.o, se suprime el punto 3.6, que queda sin contenido.

BOCM-20250113-50

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