Madrid (BOCM-20250111-20)
Presidencia. Calendario de guardias Juzgados de Torrejón de Ardoz
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 9
SÁBADO 11 DE ENERO DE 2025
Pág. 155
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE
20
MADRID
PRESIDENCIA
Calendario de guardias para el año 2025 de los partidos judiciales del ámbito del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que ha sido aprobado por la Sala de Gobierno de este
Tribunal Superior de la sesión celebrada el 11 de noviembre de 2025, para su publicación
en ese BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de dar cumplimiento a lo
establecido en el artículo 46.2 del Reglamento 1/2005, de los aspectos accesorios de las
actuaciones judiciales.
CALENDARIO DE GUARDIAS DE LOS JUZGADOS
DE TORREJÓN DE ARDOZ PARA EL AÑO 2025
Jº
1
2
3
4
1
MAYO
FEBRERO
1-4
5-11
12-18
19-25
26-28
Jº
1-6
7-13
14-20
21-27
28-31
2
3
4
1
2
SEPTIEMBRE
Jº
1-2
3-9
10-16
17-23
24-30
3
4
1
2
3
JUNIO
1-3
4-10
11-17
18-24
25-30
OCTUBRE
1-7
8-14
15-21
22-28
29-31
Jº
1
2
3
4
1
MARZO
1-4
5-11
12-18
19-25
26-31
Jº
Jº
1
2
3
4
1
JULIO
ABRIL
1
2-8
9-15
16-22
23-29
30
Jº
2
3
4
1
2
1
2-8
9-15
16-22
23-29
30-31
2
3
4
1
2
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Jº
NOVIEMBRE
Jº
4
1
2
3
4
1-4
5-11
12-18
19-25
26-30
4
1
2
3
4
Jº
1
2
3
4
1
2
AGOST0
1-5
6-12
13-19
20-26
27-31
Jº
3
4
1
2
3
DICIEMBRE
1-2
3-9
10-16
17-23
24-30
31
Jº
4
1
2
3
4
1
Nota informativa: la duración de la guardia es de ocho días, comenzando el miércoles
de cada semana, hasta el miércoles, de la semana siguiente. Ahora bien, se considera que el
octavo día se está de guardia solo a los efectos de celebrar los juicios rápidos que se hubieren producido durante dicha semana de guardia.
También hay que tener en cuenta que el relevo del Juzgado de Guardia (Juzgado) se
produce a las 9:00 horas del día en que comienza dicha guardia (cada miércoles).
En el supuesto previsto en el artículo 47 del Reglamento 1/2005, de aspectos accesorios
de las actuaciones judiciales, será llamado en primer lugar, como coadyuvante, el juzgado
que le corresponda relevar al órgano judicial que en ese momento se encontrare prestando el
servicio de guardia ordinario; si fuera necesario el llamamiento, como coadyuvante, de más
de un órgano judicial, se atenderá para ello al orden de relevo sucesivo al del juzgado llamado en primer lugar.
Madrid, a 13 de diciembre de 2024.—El presidente, Celso Rodríguez Padrón.
(03/21.131/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20250111-20
ENERO
1-7
8-14
15-21
22-28
29-31
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B.O.C.M. Núm. 9
SÁBADO 11 DE ENERO DE 2025
Pág. 155
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE
20
MADRID
PRESIDENCIA
Calendario de guardias para el año 2025 de los partidos judiciales del ámbito del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que ha sido aprobado por la Sala de Gobierno de este
Tribunal Superior de la sesión celebrada el 11 de noviembre de 2025, para su publicación
en ese BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de dar cumplimiento a lo
establecido en el artículo 46.2 del Reglamento 1/2005, de los aspectos accesorios de las
actuaciones judiciales.
CALENDARIO DE GUARDIAS DE LOS JUZGADOS
DE TORREJÓN DE ARDOZ PARA EL AÑO 2025
Jº
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4
1
MAYO
FEBRERO
1-4
5-11
12-18
19-25
26-28
Jº
1-6
7-13
14-20
21-27
28-31
2
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1
2
SEPTIEMBRE
Jº
1-2
3-9
10-16
17-23
24-30
3
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1
2
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JUNIO
1-3
4-10
11-17
18-24
25-30
OCTUBRE
1-7
8-14
15-21
22-28
29-31
Jº
1
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MARZO
1-4
5-11
12-18
19-25
26-31
Jº
Jº
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JULIO
ABRIL
1
2-8
9-15
16-22
23-29
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Jº
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1
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23-29
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Jº
NOVIEMBRE
Jº
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19-25
26-30
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Jº
1
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AGOST0
1-5
6-12
13-19
20-26
27-31
Jº
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3
DICIEMBRE
1-2
3-9
10-16
17-23
24-30
31
Jº
4
1
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1
Nota informativa: la duración de la guardia es de ocho días, comenzando el miércoles
de cada semana, hasta el miércoles, de la semana siguiente. Ahora bien, se considera que el
octavo día se está de guardia solo a los efectos de celebrar los juicios rápidos que se hubieren producido durante dicha semana de guardia.
También hay que tener en cuenta que el relevo del Juzgado de Guardia (Juzgado) se
produce a las 9:00 horas del día en que comienza dicha guardia (cada miércoles).
En el supuesto previsto en el artículo 47 del Reglamento 1/2005, de aspectos accesorios
de las actuaciones judiciales, será llamado en primer lugar, como coadyuvante, el juzgado
que le corresponda relevar al órgano judicial que en ese momento se encontrare prestando el
servicio de guardia ordinario; si fuera necesario el llamamiento, como coadyuvante, de más
de un órgano judicial, se atenderá para ello al orden de relevo sucesivo al del juzgado llamado en primer lugar.
Madrid, a 13 de diciembre de 2024.—El presidente, Celso Rodríguez Padrón.
(03/21.131/24)
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ISSN 1989-4791
BOCM-20250111-20
ENERO
1-7
8-14
15-21
22-28
29-31