D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20250111-19)
Convenio – Convenio de 18 de diciembre de 2024, de colaboración entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Los Molinos, para su incorporación a la Red de Oficinas de Información Turística de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 9
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 11 DE ENERO DE 2025
Pág. 149
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
19
CONVENIO de 18 de diciembre de 2024, de colaboración entre la Comunidad
de Madrid y el Ayuntamiento de Los Molinos, para su incorporación a la Red de
Oficinas de Información Turística de la Comunidad de Madrid.
En Madrid, a 18 de diciembre de 2024.
De una parte, la Directora General de Turismo y Hostelería de la Comunidad de
Madrid, D.a Laura Martínez Cerro, nombrada por el Decreto 26/2024 de 17 de abril (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 92 de 18 de abril de 2024), del Consejo
de Gobierno, de acuerdo con la Orden 1389/2021, de 16 de noviembre de la Consejería de
Cultura, Turismo y Deporte, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de noviembre de 2021), y de conformidad
con el Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.
De otra parte, el Ilmo. Sr. D. Antonio Coello Gómez-Rey, Alcalde Presidente del
Ayuntamiento de Los Molinos, actuando en cumplimiento de las facultades que le otorga
el artículo 21.b) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local,
las cuales le han sido encomendadas a tenor de su elección en sesión constitutiva celebrada por el Pleno del Ayuntamiento el día 17 de junio de 2023.
Actuando ambas partes en el ejercicio de sus respectivos cargos, se reconocen mutua
capacidad para la suscripción del presente Convenio de colaboración y
I. El artículo 26.1.1.21 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado mediante Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, atribuye a la Comunidad de Madrid,
la competencia exclusiva en materia de Promoción y Ordenación del Turismo.
De conformidad con el Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, corresponde a la Dirección General de Turismo y Hostelería la información sobre la
oferta turística de la Comunidad de Madrid y su coordinación con otras administraciones e
instituciones.
El artículo 20.2 de la Ley 1/1999 de 12 de marzo, de Ordenación del Turismo de la Comunidad de Madrid establece que: “Con el fin de lograr una mayor eficacia y calidad en la
gestión de la información turística la Consejería competente en materia de turismo impulsará la coordinación de las oficinas dependientes de la Comunidad de Madrid con las gestionadas por otras entidades públicas o privadas”.
Por su parte, el artículo 25.2.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local establece las competencias que sobre el turismo disponen los Ayuntamientos. Por tanto, ambas administraciones tienen las competencias suficientes para la
celebración de este Convenio.
II. Que constituye una finalidad de la Comunidad de Madrid la ejecución, coordinación e impulso de acciones de promoción y desarrollo del sector turístico, mediante la información y difusión de los productos turísticos de la Comunidad de Madrid y en general
la realización de las actividades necesarias para una mejor promoción de la oferta turística
de la Comunidad a través de herramientas digitales.
De acuerdo con la referida finalidad, la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de
la Comunidad de Madrid, tiene entre sus líneas de actuación impulsar la Red de Oficinas
de Información Turística de la Comunidad de Madrid. Dicha Red se caracteriza por ser homogénea en su cobertura, contenido informativo e instrumentos de soporte y mecanismos
interactivos de la misma, con el objetivo de ofrecer al visitante de la Comunidad de Madrid
un conjunto integral de servicios, mediante una más efectiva comunicación y difusión de
los productos turísticos de la Comunidad de Madrid y, en última instancia, a reforzar y po-
BOCM-20250111-19
EXPONEN
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CONVENIO de 18 de diciembre de 2024, de colaboración entre la Comunidad
de Madrid y el Ayuntamiento de Los Molinos, para su incorporación a la Red de
Oficinas de Información Turística de la Comunidad de Madrid.
En Madrid, a 18 de diciembre de 2024.
De una parte, la Directora General de Turismo y Hostelería de la Comunidad de
Madrid, D.a Laura Martínez Cerro, nombrada por el Decreto 26/2024 de 17 de abril (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 92 de 18 de abril de 2024), del Consejo
de Gobierno, de acuerdo con la Orden 1389/2021, de 16 de noviembre de la Consejería de
Cultura, Turismo y Deporte, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de noviembre de 2021), y de conformidad
con el Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.
De otra parte, el Ilmo. Sr. D. Antonio Coello Gómez-Rey, Alcalde Presidente del
Ayuntamiento de Los Molinos, actuando en cumplimiento de las facultades que le otorga
el artículo 21.b) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local,
las cuales le han sido encomendadas a tenor de su elección en sesión constitutiva celebrada por el Pleno del Ayuntamiento el día 17 de junio de 2023.
Actuando ambas partes en el ejercicio de sus respectivos cargos, se reconocen mutua
capacidad para la suscripción del presente Convenio de colaboración y
I. El artículo 26.1.1.21 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado mediante Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, atribuye a la Comunidad de Madrid,
la competencia exclusiva en materia de Promoción y Ordenación del Turismo.
De conformidad con el Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, corresponde a la Dirección General de Turismo y Hostelería la información sobre la
oferta turística de la Comunidad de Madrid y su coordinación con otras administraciones e
instituciones.
El artículo 20.2 de la Ley 1/1999 de 12 de marzo, de Ordenación del Turismo de la Comunidad de Madrid establece que: “Con el fin de lograr una mayor eficacia y calidad en la
gestión de la información turística la Consejería competente en materia de turismo impulsará la coordinación de las oficinas dependientes de la Comunidad de Madrid con las gestionadas por otras entidades públicas o privadas”.
Por su parte, el artículo 25.2.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local establece las competencias que sobre el turismo disponen los Ayuntamientos. Por tanto, ambas administraciones tienen las competencias suficientes para la
celebración de este Convenio.
II. Que constituye una finalidad de la Comunidad de Madrid la ejecución, coordinación e impulso de acciones de promoción y desarrollo del sector turístico, mediante la información y difusión de los productos turísticos de la Comunidad de Madrid y en general
la realización de las actividades necesarias para una mejor promoción de la oferta turística
de la Comunidad a través de herramientas digitales.
De acuerdo con la referida finalidad, la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de
la Comunidad de Madrid, tiene entre sus líneas de actuación impulsar la Red de Oficinas
de Información Turística de la Comunidad de Madrid. Dicha Red se caracteriza por ser homogénea en su cobertura, contenido informativo e instrumentos de soporte y mecanismos
interactivos de la misma, con el objetivo de ofrecer al visitante de la Comunidad de Madrid
un conjunto integral de servicios, mediante una más efectiva comunicación y difusión de
los productos turísticos de la Comunidad de Madrid y, en última instancia, a reforzar y po-
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