Madrid (BOCM-20250110-51)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Delegación funciones
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BOCM

VIERNES 10 DE ENERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 8

placas identificativas de calles y medidas de calmado de tráfico que no suponga modificación de infraestructura viaria”.
Asimismo, según lo previsto en el apartado 8.o 1.2.c) y 1.4 del acuerdo de 29 de junio
de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias
del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, la Dirección General de Conservación de
Vías Públicas es competente para “renovar, reparar y conservar el alumbrado público exterior, el de monumentos, el Centro de Control de Telegestión y otras instalaciones eléctricas
municipales, así como controlar y supervisar el consumo de energía del mismo, excepto el
de las infraestructuras de carácter supramunicipal y las integradas en los grandes parques”,
así como para redactar, planificar y ejecutar los proyectos de adecuación y reforma de las
vías públicas, y obras de paso, así como la ejecución de obras de remodelación y urbanización de vías y espacios públicos, en coordinación con los distritos.
Finalmente, conforme al apartado 3.o 1.8 de los acuerdos citados anteriormente, los titulares de las Áreas de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, y de Obras
y Equipamientos son competentes para celebrar convenios con otras administraciones y entidades públicas y privadas para el desarrollo y ejecución de las competencias del Área de
Gobierno o del Área delegada, salvo los siguientes que se reserva el alcalde: los convenios
que se suscriban con la Administración General del Estado y firmen los ministros, los que
se suscriban con comunidades autónomas y firmen los presidentes y los que se suscriban
con otros ayuntamientos y firmen sus respectivos alcaldes, así como los que revistan una
especial relevancia institucional apreciada por el alcalde o por el titular del Área de Gobierno o del Área delegada competente.
No obstante, de conformidad con lo establecido en el artículo 10.1 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen jurídico del Sector público, existen razones de índole social,
técnica y económica que aconsejan que, de forma puntual, las actuaciones proyectadas puedan ser gestionadas por el distrito.
Dichas razones derivan desde el punto de vista social, de la mayor cercanía del distrito con sus vecinos, que le permite tener un mayor conocimiento de las necesidades reales
y, desde un punto de vista técnico y económico, dado que la solución prevista para la adecuación del espacio a través de un convenio de colaboración con la entidad que gestiona el
“Espacio Delicias”, permitirá que el distrito pueda supervisar dichas actuaciones, favoreciendo la eficacia y eficiencia administrativa.
Para que las actuaciones proyectadas puedan ser realizadas por el distrito de Arganzuela, resulta necesario que la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, conforme a lo
dispuesto en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, avoque las competencias previamente delegadas citadas con anterioridad, y que
tales competencias sean posteriormente delegadas en la concejala-presidenta del distrito de
Arganzuela, única y exclusivamente en lo relativo a la adecuación de la zona terriza sita en
la calle Cristo del Camino, en el citado distrito, así como en la tramitación y suscripción del
convenio mencionado.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1.e) y 17.2 de la
Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, a propuesta conjunta de la titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias,
del titular del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad y de la titular del
Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, que eleva la vicealcaldesa, y previa deliberación,
la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 26 de diciembre de 2024,
ACUERDA
Primero.—Avocar las competencias delegadas en la Dirección General de Gestión del
Agua y Zonas Verdes en el apartado 19.o 1.4.a) y d) del acuerdo de 29 de junio de 2023 de
la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de
Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad; en la Dirección General de Servicios de Limpieza y Residuos en el apartado 20.o 1.2.b) y c) del mismo acuerdo; en la Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental en el apartado 17.o 1.3.e) del citado
acuerdo, y en la Dirección General de Conservación de Vías Públicas en el apartado 8.o 1.2.c)
y 1.4 del acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de
organización y competencias del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, única y exclusivamente en lo relativo a la adecuación de la zona terriza sita en el recinto triangular al
que se accede desde la calle Cristo del Camino paralelo a la valla de cierre del ferrocarril
con el que linda, del distrito de Arganzuela.

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