C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250108-10)
Concesión ayudas – Orden 5886/2024, de 18 de diciembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se resuelve la convocatoria correspondiente al año 2024 de ayudas para la contratación de ayudantes de investigación y técnicos de laboratorio, cofinanciadas con el Fondo Social Europeo Plus (FSE+)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 6
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 8 DE ENERO DE 2025
Pág. 83
DAD DE MADRID de esta orden de resolución para aportar una declaración de ayudas
concurrentes y para remitir la documentación establecida en el apartado 7 del dispongo decimoséptimo de la Orden 2277/2024, de 27 de mayo.
La justificación de la situación del desempleo de la persona contratada se realizará a
través del certificado acreditativo de la condición legal del demandante de empleo obtenido en las oficinas de empleo de la Comunidad de Madrid, donde se indique que la situación
en la que se encuentra es la de desempleado y el periodo en el cual se encuentra en esta situación, debiendo reflejar la información hasta el día anterior al inicio del contrato.
Séptimo
La justificación de la actuación y la justificación económica de las ayudas se llevarán
a cabo según lo indicado en los dispongos vigésimo segundo y vigésimo tercero de la Orden 2277/2024, de 27 de mayo, respectivamente.
Octavo
El seguimiento y control científico-técnico de las ayudas se llevarán a cabo según lo
indicado en el dispongo vigésimo cuarto de la Orden 2277/2024, de 27 de mayo.
Noveno
El reintegro se regirá por lo establecido en el dispongo vigésimo sexto de la Orden 2277/2024, de 27 de mayo.
Décimo
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes desde el día
siguiente al de la publicación de la presente orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, o directamente el recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid,
en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno deducir.
Madrid, a 18 de diciembre de 2024.
BOCM-20250108-10
El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
EMILIO VICIANA DURO
B.O.C.M. Núm. 6
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 8 DE ENERO DE 2025
Pág. 83
DAD DE MADRID de esta orden de resolución para aportar una declaración de ayudas
concurrentes y para remitir la documentación establecida en el apartado 7 del dispongo decimoséptimo de la Orden 2277/2024, de 27 de mayo.
La justificación de la situación del desempleo de la persona contratada se realizará a
través del certificado acreditativo de la condición legal del demandante de empleo obtenido en las oficinas de empleo de la Comunidad de Madrid, donde se indique que la situación
en la que se encuentra es la de desempleado y el periodo en el cual se encuentra en esta situación, debiendo reflejar la información hasta el día anterior al inicio del contrato.
Séptimo
La justificación de la actuación y la justificación económica de las ayudas se llevarán
a cabo según lo indicado en los dispongos vigésimo segundo y vigésimo tercero de la Orden 2277/2024, de 27 de mayo, respectivamente.
Octavo
El seguimiento y control científico-técnico de las ayudas se llevarán a cabo según lo
indicado en el dispongo vigésimo cuarto de la Orden 2277/2024, de 27 de mayo.
Noveno
El reintegro se regirá por lo establecido en el dispongo vigésimo sexto de la Orden 2277/2024, de 27 de mayo.
Décimo
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes desde el día
siguiente al de la publicación de la presente orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, o directamente el recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid,
en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno deducir.
Madrid, a 18 de diciembre de 2024.
BOCM-20250108-10
El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
EMILIO VICIANA DURO