C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250108-10)
Concesión ayudas –  Orden 5886/2024, de 18 de diciembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se resuelve la convocatoria correspondiente al año 2024 de ayudas para la contratación de ayudantes de investigación y técnicos de laboratorio, cofinanciadas con el Fondo Social Europeo Plus (FSE+)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 6

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 8 DE ENERO DE 2025

Pág. 81

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
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ORDEN 5886/2024, de 18 de diciembre, del Consejero de Educación, Ciencia y
Universidades, por la que se resuelve la convocatoria correspondiente al año 2024
de ayudas para la contratación de ayudantes de investigación y técnicos de laboratorio, cofinanciadas con el Fondo Social Europeo Plus (FSE+).

Mediante la Orden 1711/2023, de 19 de mayo, de la Vicepresidencia, Consejería de
Educación y Universidades, se establecieron las bases reguladoras para la contratación de
ayudantes de investigación y técnicos de laboratorio, cofinanciadas por el Fondo Social
Europeo Plus (publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 132, de 5 de junio de 2023).
Mediante la Orden 2277/2024, de 27 de mayo, del Consejero de Educación, Ciencia y
Universidades, se convocaron las ayudas para la contratación de ayudantes de investigación
y técnicos de laboratorio para el año 2024, cofinanciadas con el Fondo Social Europeo Plus
(FSE+) (publicada en forma de extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 137, de 10 de junio de 2024).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 de la Orden 1711/2023, de 19 de
mayo, la comisión de selección reunida el día 10 de octubre de 2024, estableció la selección de solicitudes propuestas para su estimación ordenadas de mayor a menor puntuación
y la determinación de la ayuda propuesta a conceder a cada entidad solicitante.
A la vista del expediente y del citado informe de la comisión de selección, se formalizó por la Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica, en calidad de órgano instructor, la propuesta de resolución provisional que fue notificada a los solicitantes
el día 14 de octubre de 2024, concediendo un plazo de diez días para que aceptasen la ayuda propuesta o, en su caso, formularan las alegaciones que estimasen convenientes, de conformidad con el artículo 19.2 de la Orden 1711/2023, de 19 de mayo.
Tras la valoración de las alegaciones presentadas, se procedió a la estimación de la alegación relativa al expediente PEJ-2024-AI/SAL-GL-31909 desestimándose el resto de alegaciones.
La estimación de la citada alegación supuso que el expediente PEJ-2024-AI/COM-33520
pasase a estar propuesto para su desestimación, por lo que se notificó el 22 de noviembre una
segunda propuesta de resolución provisional a las entidades solicitantes de los citados expedientes y se concedió un plazo de 10 días para aceptar la ayuda y, en su caso, presentación de
alegaciones.
Tras la valoración por el órgano instructor de las alegaciones presentadas, se notificó
a las entidades solicitantes la propuesta de resolución definitiva el 3 de diciembre de 2024.
De conformidad con lo previsto en el artículo 20 de la Orden 1711/2023, de 19 de
mayo, los dispongos décimo y decimoquinto de la Orden 2277/2024, de 27 de mayo, en relación con el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades,
DISPONGO

Resolver la convocatoria para el año 2024, de ayudas para la contratación de ayudantes de investigación y técnicos de laboratorio, cofinanciadas con el Fondo Social Europeo
Plus (FSE+) convocadas por Orden 2277/2024, de 27 de mayo, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades.
Se conceden ayudas a los beneficiarios que se relacionan en los anexos I y II para financiar la contratación de ciento cincuenta y dos ayudantes de investigación y setenta y
ocho técnicos de laboratorio y se desestiman aquellas solicitudes que se relacionan en los
anexos III y IV y que, una vez evaluadas, no han alcanzado la puntuación suficiente para
obtener la ayuda.

BOCM-20250108-10

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