C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250107-12)
Pruebas capacitación profesional – Resolución de 16 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Promoción Económica e Industrial, por la que se convocan los exámenes del año 2025, para la obtención de los carnés profesionales o certificados de cualificación profesional en materia de seguridad industrial, de instalador, mantenedor u operador en las ramas que se indican y de maquinista y palista minero
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 58
MARTES 7 DE ENERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 5
x
Conocimientos indicados en el apartado 2.2 del anexo I de la ITC ICG-09
x
Reglamento (UE) 2016/426 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo
de 2016, sobre los aparatos que queman combustibles gaseosos y por el que se
deroga la Directiva 2009/142/CE.
x
Decreto 18/2019, de 2 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se desarrolla el
procedimiento para llevar a cabo la Inspección Periódica de Instalaciones
Receptoras de Gases Combustibles y se establecen las tarifas máximas a cobrar
por las empresas distribuidoras. Especialmente los apartados 2 y 3 del artículo 8.
x
Apartados 2.1.1 del Anexo 1 de la ITC-ICG 09.
x
Las normas UNE relacionadas para el instalador de gas de categoría A, excepto las
correspondientes a las ITC-ICG 01, 03 y 05
B.2 Prueba práctica:
Relativa a los conocimientos sobre lo señalado en los apartados 2.1.2 y 2.1.3 del Anexo 1 de
la ITC-ICG 09.
III) INSTALADOR DE GAS CATEGORÍA C
A) Requisitos particulares de los interesados:
Como lo indicado para el instalador de categoría A.
B) Programa
B.1 Prueba teórica:
B.1.1 Conocimientos de reglamentación en el ámbito de esta cualificación profesional:
x
Conocimientos indicados en el apartado 3.2 del anexo I de la ITC ICG-09
x
Reglamento (UE) 2016/426 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo
de 2016, sobre los aparatos que queman combustibles gaseosos y por el que se
deroga la Directiva 2009/142/CE.
La autenticidad de este documento se puede comprobar en
https://gestiona.comunidad.madrid/csv
mediante el siguiente código seguro de verificación: 1202657084201361102926
B.1.2 Conocimientos mínimos exigibles para la obtención de esta cualificación profesional
de instalador de gas:
B.1.2 Conocimientos mínimos exigibles para la obtención de esta cualificación profesional
de instalador de gas:
x
Apartado 3.1.1 del Anexo 1 de la ITC-ICG 09.
x
Las normas UNE siguientes, según la versión en vigor a la fecha de inicio de la
convocatoria correspondiente.
o
o
ITC-ICG 07: UNE 60601-2013, UNE 60670 completa-2014.
ITC-ICG 08: UNE 60670 partes 6, 7 y 10 (2014)
Relativa a los conocimientos sobre lo señalado en el apartado 3.1.2 y 3.1.3 del Anexo 1
de la ITC-ICG 09.
BOCM-20250107-12
B.2 Prueba práctica:
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 58
MARTES 7 DE ENERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 5
x
Conocimientos indicados en el apartado 2.2 del anexo I de la ITC ICG-09
x
Reglamento (UE) 2016/426 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo
de 2016, sobre los aparatos que queman combustibles gaseosos y por el que se
deroga la Directiva 2009/142/CE.
x
Decreto 18/2019, de 2 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se desarrolla el
procedimiento para llevar a cabo la Inspección Periódica de Instalaciones
Receptoras de Gases Combustibles y se establecen las tarifas máximas a cobrar
por las empresas distribuidoras. Especialmente los apartados 2 y 3 del artículo 8.
x
Apartados 2.1.1 del Anexo 1 de la ITC-ICG 09.
x
Las normas UNE relacionadas para el instalador de gas de categoría A, excepto las
correspondientes a las ITC-ICG 01, 03 y 05
B.2 Prueba práctica:
Relativa a los conocimientos sobre lo señalado en los apartados 2.1.2 y 2.1.3 del Anexo 1 de
la ITC-ICG 09.
III) INSTALADOR DE GAS CATEGORÍA C
A) Requisitos particulares de los interesados:
Como lo indicado para el instalador de categoría A.
B) Programa
B.1 Prueba teórica:
B.1.1 Conocimientos de reglamentación en el ámbito de esta cualificación profesional:
x
Conocimientos indicados en el apartado 3.2 del anexo I de la ITC ICG-09
x
Reglamento (UE) 2016/426 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo
de 2016, sobre los aparatos que queman combustibles gaseosos y por el que se
deroga la Directiva 2009/142/CE.
La autenticidad de este documento se puede comprobar en
https://gestiona.comunidad.madrid/csv
mediante el siguiente código seguro de verificación: 1202657084201361102926
B.1.2 Conocimientos mínimos exigibles para la obtención de esta cualificación profesional
de instalador de gas:
B.1.2 Conocimientos mínimos exigibles para la obtención de esta cualificación profesional
de instalador de gas:
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Apartado 3.1.1 del Anexo 1 de la ITC-ICG 09.
x
Las normas UNE siguientes, según la versión en vigor a la fecha de inicio de la
convocatoria correspondiente.
o
o
ITC-ICG 07: UNE 60601-2013, UNE 60670 completa-2014.
ITC-ICG 08: UNE 60670 partes 6, 7 y 10 (2014)
Relativa a los conocimientos sobre lo señalado en el apartado 3.1.2 y 3.1.3 del Anexo 1
de la ITC-ICG 09.
BOCM-20250107-12
B.2 Prueba práctica: