D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20250107-48)
Convenio – Convenio de 28 de noviembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Comité Paralímpico Español para la colaboración en la realización del proyecto “Relevo Paralímpico”
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 5
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 7 DE ENERO DE 2025
Pág. 177
III. Que la Dirección General de Deportes tiene atribuidas las competencias en materia de “promoción, patrocinio, organización o colaboración en la realización de cursos, seminarios, congresos, concentraciones deportivas, torneos, campeonatos, exhibiciones, encuentros o cualquier otra actividad, dirigida a fomentar, impulsar y colaborar en la difusión de la
cultura física entre la población, en coordinación y cooperación, en su caso, con entidades locales, federaciones y demás asociaciones, fundaciones y entidades públicas o privadas”, conforme con lo dispuesto en el artículo 11.q) del Decreto 264/2023, de 5 de diciembre.
IV. Que el Comité Paralímpico Español (en adelante, CPE), de acuerdo con el artículo 76 de la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte, es una asociación sin fines de lucro, dotada de personalidad jurídica, cuyo objeto consiste en el desarrollo del movimiento
paralímpico y la difusión de los ideales paralímpicos, al que corresponde la organización
de la inscripción y participación de los deportistas españoles en los Juegos Paralímpicos,
colaborar en su preparación y estimular la práctica de las actividades representadas en los
Juegos, respecto de los deportistas con discapacidades físicas, sensoriales, psíquicas y cerebrales, estando declarado de utilidad pública.
Por otra parte, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 77 de dicha Ley estatal “La
explotación o utilización, comercial o no comercial, del emblema o símbolos, las denominaciones "Juegos Paralímpicos", "Paralimpiadas" y "Comité Paralímpico", y de cualquier
otro signo de identificación que por similitud se preste a confusión con los mismos, queda
reservada en exclusiva al Comité Paralímpico Español. Ninguna persona jurídica, pública
o privada, puede utilizar dichos emblemas y denominaciones sin autorización expresa del
Comité Paralímpico Español”.
V. Que el CPE se rige por sus propios estatutos, así como por las restantes normas
de funcionamiento, acuerdos y resoluciones debidamente adoptados por sus órganos de gobierno. Que, de conformidad con el artículo 3 de sus estatutos, el CPE tiene, entre otros fines, el desarrollo y perfeccionamiento del movimiento paralímpico y del deporte, el estímulo y la orientación de la práctica deportiva, la promoción y preparación de las
actividades que tengan representación en los Juegos Paralímpicos, el fortalecimiento del
ideal paralímpico entre todas las personas mediante la adecuada divulgación de su espíritu
y filosofía, y la difusión de los principios fundamentales del deporte y del olimpismo como
instrumento de paz y de solidaridad entre los seres humanos.
VI. Que, con base en los mencionados fines, en el ejercicio 2023 la Comunidad de
Madrid y el CPE iniciaron una colaboración para desarrollar en el año 2023, el proyecto
“Relevo Paralímpico” en la Comunidad de Madrid, como viene haciendo en otras comunidades autónomas, y en atención a la relevancia deportiva de dicho proyecto y a la vista de
los resultados obtenidos tras su ejecución en otras regiones, y en la nuestra en el año 2023,
existe un interés público que justificó la continuidad de esta colaboración en el año 2024 y
justifica tal continuidad en el año 2025, que contará con financiación de las dos partes.
VII. Que la Comunidad de Madrid dispone de los medios necesarios para la participación en el objeto del presente convenio, considerando que la colaboración entre las partes en el fomento de la práctica deportiva de deportistas paralímpicos y el impulso de su carrera deportiva hasta la alta competición, es una actuación de interés público deportivo, por
lo que, entre otras obligaciones, prevé la aportación económica, para la que existe dotación
de crédito en los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, subconcepto 22802.
Dada la coincidencia en cuanto a fines y objetivos de las instituciones firmantes, dentro de sus respectivos marcos competenciales, con la finalidad de establecer un instrumento de colaboración para el desarrollo del proyecto “Relevo Paralímpico”, en virtud de todo
lo anteriormente expuesto, ambas partes convienen en la formalización del presente convenio conforme a las siguientes
ESTIPULACIONES
Objeto
El objeto del presente convenio es regular las relaciones entre la Comunidad de Madrid,
a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Comité Paralímpico Español (en
adelante CPE) en orden a la colaboración para impulsar la realización del proyecto “Relevo
Paralímpico” en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, durante el año 2025.
BOCM-20250107-48
Primera
B.O.C.M. Núm. 5
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 7 DE ENERO DE 2025
Pág. 177
III. Que la Dirección General de Deportes tiene atribuidas las competencias en materia de “promoción, patrocinio, organización o colaboración en la realización de cursos, seminarios, congresos, concentraciones deportivas, torneos, campeonatos, exhibiciones, encuentros o cualquier otra actividad, dirigida a fomentar, impulsar y colaborar en la difusión de la
cultura física entre la población, en coordinación y cooperación, en su caso, con entidades locales, federaciones y demás asociaciones, fundaciones y entidades públicas o privadas”, conforme con lo dispuesto en el artículo 11.q) del Decreto 264/2023, de 5 de diciembre.
IV. Que el Comité Paralímpico Español (en adelante, CPE), de acuerdo con el artículo 76 de la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte, es una asociación sin fines de lucro, dotada de personalidad jurídica, cuyo objeto consiste en el desarrollo del movimiento
paralímpico y la difusión de los ideales paralímpicos, al que corresponde la organización
de la inscripción y participación de los deportistas españoles en los Juegos Paralímpicos,
colaborar en su preparación y estimular la práctica de las actividades representadas en los
Juegos, respecto de los deportistas con discapacidades físicas, sensoriales, psíquicas y cerebrales, estando declarado de utilidad pública.
Por otra parte, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 77 de dicha Ley estatal “La
explotación o utilización, comercial o no comercial, del emblema o símbolos, las denominaciones "Juegos Paralímpicos", "Paralimpiadas" y "Comité Paralímpico", y de cualquier
otro signo de identificación que por similitud se preste a confusión con los mismos, queda
reservada en exclusiva al Comité Paralímpico Español. Ninguna persona jurídica, pública
o privada, puede utilizar dichos emblemas y denominaciones sin autorización expresa del
Comité Paralímpico Español”.
V. Que el CPE se rige por sus propios estatutos, así como por las restantes normas
de funcionamiento, acuerdos y resoluciones debidamente adoptados por sus órganos de gobierno. Que, de conformidad con el artículo 3 de sus estatutos, el CPE tiene, entre otros fines, el desarrollo y perfeccionamiento del movimiento paralímpico y del deporte, el estímulo y la orientación de la práctica deportiva, la promoción y preparación de las
actividades que tengan representación en los Juegos Paralímpicos, el fortalecimiento del
ideal paralímpico entre todas las personas mediante la adecuada divulgación de su espíritu
y filosofía, y la difusión de los principios fundamentales del deporte y del olimpismo como
instrumento de paz y de solidaridad entre los seres humanos.
VI. Que, con base en los mencionados fines, en el ejercicio 2023 la Comunidad de
Madrid y el CPE iniciaron una colaboración para desarrollar en el año 2023, el proyecto
“Relevo Paralímpico” en la Comunidad de Madrid, como viene haciendo en otras comunidades autónomas, y en atención a la relevancia deportiva de dicho proyecto y a la vista de
los resultados obtenidos tras su ejecución en otras regiones, y en la nuestra en el año 2023,
existe un interés público que justificó la continuidad de esta colaboración en el año 2024 y
justifica tal continuidad en el año 2025, que contará con financiación de las dos partes.
VII. Que la Comunidad de Madrid dispone de los medios necesarios para la participación en el objeto del presente convenio, considerando que la colaboración entre las partes en el fomento de la práctica deportiva de deportistas paralímpicos y el impulso de su carrera deportiva hasta la alta competición, es una actuación de interés público deportivo, por
lo que, entre otras obligaciones, prevé la aportación económica, para la que existe dotación
de crédito en los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, subconcepto 22802.
Dada la coincidencia en cuanto a fines y objetivos de las instituciones firmantes, dentro de sus respectivos marcos competenciales, con la finalidad de establecer un instrumento de colaboración para el desarrollo del proyecto “Relevo Paralímpico”, en virtud de todo
lo anteriormente expuesto, ambas partes convienen en la formalización del presente convenio conforme a las siguientes
ESTIPULACIONES
Objeto
El objeto del presente convenio es regular las relaciones entre la Comunidad de Madrid,
a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Comité Paralímpico Español (en
adelante CPE) en orden a la colaboración para impulsar la realización del proyecto “Relevo
Paralímpico” en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, durante el año 2025.
BOCM-20250107-48
Primera