D) Anuncios - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20250107-23)
Convenio –  Convenio de 11 de diciembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local) y la Fundación Universitaria San Pablo-CEU para promover entre los universitarios la sensibilización y repulsa hacia las actividades terroristas a través del apoyo a la producción y difusión del documental “Gregorio Ordóñez, 30.o”
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 7 DE ENERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 5

— Aportación del presupuesto previsto en la cláusula tercera para el adecuado
desarrollo y ejecución de las actuaciones previstas al amparo del presente
convenio. Tal presupuesto irá destinado a contribuir a sufragar los costes necesarios para disponer del guion, realización y producción musical, equipo
técnico (personal), maquinaria y elementos de rodaje, materiales vírgenes,
edición y postproducción, sonorización y mezclas.
b) Por La Fundación Universitaria San Pablo-CEU:
— Poner a disposición de la Comunidad de Madrid cuantas copias se requieran
del documental para su pública difusión por el Comisionado y otros organismos vinculados o dependientes de la misma.
— Poner sus medios, tanto humanos como materiales, a disposición de la producción del documental.
— Aportar su dilatada experiencia tanto en el ámbito docente y educativo como
de difusión e investigación.
— Facilitar la participación de la Comunidad de Madrid en actividades eventos
en los que se presente, difunda, o visualice el documental.
— Incluir el logotipo de la Comunidad de Madrid en todo material documental,
folleto, publicación, anuncio y cualesquiera otros medios gráficos de difusión
que pudieran editarse con ocasión de la producción del documental.
— Remitir a la Comunidad de Madrid una memoria final sobre la ejecución e impacto del documental.
— Desarrollar y ejecutar las actuaciones previstas en el presente convenio con el
apoyo del presupuesto aportado por la Comunidad de Madrid, a través de la
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, justificando adecuadamente la utilización del mismo.
Tercera
Compromisos económicos

Cuarta
Comisión de Seguimiento
Para el seguimiento del desarrollo de este Convenio se constituirá una comisión integrada, al menos, por dos representantes de cada una de las partes firmantes.
La Fundación FUSP-CEU estará representada por doña Regina Plañiol de Lacalle y
por doña María San Gil Noain y la Comunidad de Madrid por Rocío López González, Co-

BOCM-20250107-23

La Comunidad de Madrid aportará un importe máximo de treinta y cinco mil euros
(35.000 euros), con cargo a la partida 22809 “Otros convenios, conciertos y acuerdos” del
programa presupuestario 924M de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración
Local, del Presupuesto de la Comunidad de Madrid para 2025, para el cumplimiento de las
obligaciones recogidas en la cláusula segunda.
Para proceder al pago deberán ser acreditados los gastos realizados durante la vigencia del convenio mediante las correspondientes facturas y con la correspondiente documentación acreditativa del pago, relativos a la producción y difusión del documental, “Gregorio Ordóñez, 30.o”, en particular, los especificados en la cláusula segunda.
A tal fin, FUSP-CEU se compromete a presentar al Comisionado del Gobierno para la
atención a las Víctimas del Terrorismo, antes del 31 de marzo de 2025 una cuenta justificativa que contendrá una memoria de actuaciones y una memoria económica que identificará detalladamente los gastos realizados, así como las correspondientes facturas y los justificantes de pago, realizados en ejecución del convenio.
Por su parte, la Fundación Universitaria San Pablo CEU aportará un importe máximo
de cuarenta y dos mil trescientos cincuenta euros (42.350 euros) destinados al cumplimiento de las obligaciones recogidas en la cláusula segunda.
FUSP-CEU estará obligada a facilitar cuanta información le sea requerida por la Intervención General de la Comunidad de Madrid, el Tribunal de Cuentas o la Cámara de Cuentas. Asimismo, la Intervención General de la Comunidad de Madrid podrá realizar las actuaciones de comprobación sobre el destino o aplicación de los fondos públicos, de conformidad
con el Decreto 45/1997, de 20 de marzo, por el que se desarrolla el Régimen de Control Interno y Contable ejercido por la Intervención General de la Comunidad de Madrid.