D) Anuncios - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20250107-22)
Convenio – Adenda de 29 de noviembre de 2024, de primera prórroga y modificación del Convenio entre la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local de la Comunidad de Madrid y la Fundación para el Conocimiento Madri+d para promoción de la participación de universidades y centros de investigación en los programas europeos de gestión directa y la potenciación de la atracción de talento
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 5
MARTES 7 DE ENERO DE 2025
Pág. 105
Tercero
Que, de conformidad con lo establecido en la cláusula sexta del convenio, mediante
Adenda podrá recogerse conjuntamente tanto la formalización de la prórroga del convenio
como las modificaciones que los firmantes deseen realizar sobre el contenido del mismo.
Cuarto
Que las partes manifiestan su satisfacción por los resultados obtenidos en la colaboración desarrollada considerando necesario realizar la primera prórroga convenio cuyas obligaciones asumidas se entienden vigentes, según lo que se indica en los apartados siguientes y con las modificaciones que asimismo se contienen.
En consecuencia, con el fin de dar continuidad a la prestación del objeto de dicho Convenio, las partes firmantes de esta primera adenda de prórroga y modificación, estiman de
interés mutuo y necesario continuar con dicha colaboración de conformidad a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto de la prórroga y vigencia
Las partes firmantes acuerdan mediante la presente Adenda la primera prórroga del
convenio firmado en fecha 29 de noviembre de 2023. La vigencia de la prórroga se extenderá desde el día 1 de diciembre de 2024 hasta el 30 de noviembre de 2025.
Segunda
Modificación de la cláusula tercera del Convenio
Las partes firmantes acuerdan la modificación de la cláusula tercera relativa a los compromisos económicos de las partes, donde se recoge que la Consejería de Presidencia, Justicia y
Administración Local participará con la aportación económica máxima de ciento cincuenta mil
euros (150.000,00 euros) anuales en el coste de los compromisos comprendidos en el convenio, acordándose mediante la presente Adenda la modificación de la cuantía de dicho compromiso económico y quedando el punto 1 de la cláusula tercera con la siguiente redacción:
«La Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local participará con la
aportación económica máxima de cien mil euros (100.000,00 euros) anuales en el coste de
los compromisos comprendidos en el presente convenio. Esta aportación se realizará con
cargo a la partida 22809 “Otros convenios, conciertos o acuerdos” del Programa 921U del
Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid».
Tercera
Obligaciones y efectos
Las partes intervinientes se comprometen a continuar desarrollando las actuaciones
precisas, dirigidas a dar continuidad al objeto de la colaboración.
Las obligaciones y compromisos asumidas por las partes en el convenio suscrito el 29 de
noviembre de 2023 así como la modificación objeto de la presente Adenda, se entenderán
vigentes a partir de la fecha de efectos de la prórroga, esto es 1 de diciembre de 2024.
Cuarta
Esta adenda se rige por lo dispuesto en la normativa de aplicación en el momento de
la firma del Convenio.
En prueba de conformidad, y para que conste a los efectos oportunos, las partes firman
esta Adenda de prórroga y modificación.
Madrid, a 29 de noviembre de 2024.—El Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, Miguel Ángel García Martín.—El Presidente del Patronato de la Fundación para el Conocimiento Madri+d, Emilio Viciana Duro.
(03/20.595/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20250107-22
Régimen jurídico
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B.O.C.M. Núm. 5
MARTES 7 DE ENERO DE 2025
Pág. 105
Tercero
Que, de conformidad con lo establecido en la cláusula sexta del convenio, mediante
Adenda podrá recogerse conjuntamente tanto la formalización de la prórroga del convenio
como las modificaciones que los firmantes deseen realizar sobre el contenido del mismo.
Cuarto
Que las partes manifiestan su satisfacción por los resultados obtenidos en la colaboración desarrollada considerando necesario realizar la primera prórroga convenio cuyas obligaciones asumidas se entienden vigentes, según lo que se indica en los apartados siguientes y con las modificaciones que asimismo se contienen.
En consecuencia, con el fin de dar continuidad a la prestación del objeto de dicho Convenio, las partes firmantes de esta primera adenda de prórroga y modificación, estiman de
interés mutuo y necesario continuar con dicha colaboración de conformidad a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto de la prórroga y vigencia
Las partes firmantes acuerdan mediante la presente Adenda la primera prórroga del
convenio firmado en fecha 29 de noviembre de 2023. La vigencia de la prórroga se extenderá desde el día 1 de diciembre de 2024 hasta el 30 de noviembre de 2025.
Segunda
Modificación de la cláusula tercera del Convenio
Las partes firmantes acuerdan la modificación de la cláusula tercera relativa a los compromisos económicos de las partes, donde se recoge que la Consejería de Presidencia, Justicia y
Administración Local participará con la aportación económica máxima de ciento cincuenta mil
euros (150.000,00 euros) anuales en el coste de los compromisos comprendidos en el convenio, acordándose mediante la presente Adenda la modificación de la cuantía de dicho compromiso económico y quedando el punto 1 de la cláusula tercera con la siguiente redacción:
«La Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local participará con la
aportación económica máxima de cien mil euros (100.000,00 euros) anuales en el coste de
los compromisos comprendidos en el presente convenio. Esta aportación se realizará con
cargo a la partida 22809 “Otros convenios, conciertos o acuerdos” del Programa 921U del
Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid».
Tercera
Obligaciones y efectos
Las partes intervinientes se comprometen a continuar desarrollando las actuaciones
precisas, dirigidas a dar continuidad al objeto de la colaboración.
Las obligaciones y compromisos asumidas por las partes en el convenio suscrito el 29 de
noviembre de 2023 así como la modificación objeto de la presente Adenda, se entenderán
vigentes a partir de la fecha de efectos de la prórroga, esto es 1 de diciembre de 2024.
Cuarta
Esta adenda se rige por lo dispuesto en la normativa de aplicación en el momento de
la firma del Convenio.
En prueba de conformidad, y para que conste a los efectos oportunos, las partes firman
esta Adenda de prórroga y modificación.
Madrid, a 29 de noviembre de 2024.—El Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, Miguel Ángel García Martín.—El Presidente del Patronato de la Fundación para el Conocimiento Madri+d, Emilio Viciana Duro.
(03/20.595/24)
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