Madrid (BOCM-20250106-17)
Presidencia. Calendario de guardias Juzgados de Aranjuez
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 80
LUNES 6 DE ENERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 4
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE
17
MADRID
PRESIDENCIA
Calendario de guardias para el año 2025 de los partidos judiciales del ámbito del Tribunal
Superior de Justicia de Madrid, que ha sido aprobado por la Sala de Gobierno de este Tribunal
Superior de la sesión celebrada el 11 de noviembre de 2025, para su publicación en ese Boletín,
a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el art. 46.2 del Reglamento 1/2005, de los aspectos accesorios de las actuaciones judiciales.
AÑO 2025
ENERO
Jº
FEBRERO
Jº
MARZO
Jº
ABRIL
Jº
1-6
7-13
14-20
21-27
28-31
2
3
4
1
2
1-3
4-10
11-17
18-24
25-28
2
3
4
1
2
1-3
4-10
11-17
18-24
25-31
2
3
4
1
2
1-7
8-14
15-21
22-27
29-30
3
4
1
2
3
MAYO
Jº
JUNIO
Jº
JULIO
Jº
AGOST0
Jº
1-5
6-12
13-19
20-26
27-31
3
4
1
2
3
1-2
3-9
10-16
17-23
24-30
3
4
1
2
3
1-7
8-14
15-21
22-28
29-31
4
1
2
3
4
1-4
5-11
12-18
19-25
26-31
4
1
2
3
4
SEPTIEMBRE
Jº
OCTUBRE
Jº
NOVIEMBRE
Jº
DICIEMBRE
Jº
1
2-8
9-15
16-22
23-29
30
4
1
2
3
4
1
1-6
7-13
14-20
21-27
28-31
1
2
3
4
1
1-3
4-10
11-17
18-24
25-30
1
2
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4
1
1
2-8
9-15
16-22
23-29
30-31
1
2
3
4
1
2
Nota informativa: la duración de la guardia es de ocho días, comenzando el martes a
las 9:00 horas hasta el siguiente martes a las 08:59 horas. Ahora bien, se considera que el
octavo día se está de guardia solo a los efectos de celebrar los juicios rápidos que se hubieren producido durante dicha semana de guardia.
También hay que tener en cuenta que el relevo del Juzgado de Guardia se produce a
las 9:00 horas del día en que comienza dicha guardia.
En el supuesto previsto en el art. 47 del Reglamento 1/2005 de aspectos accesorios de
las actuaciones judiciales, será llamado en primer lugar, como coadyuvante, el juzgado que
le corresponda relevar al órgano judicial que en ese momento se encontrare prestando el
servicio de guardia ordinario; si fuera necesario el llamamiento, como coadyuvante, de más
de un órgano judicial, se atenderá para ello al orden de relevo sucesivo al del juzgado llamado en primer lugar.
En Madrid, a 13 de diciembre de 2024.—El presidente, Celso Rodríguez Padrón.
(03/21.122/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20250106-17
CALENDARIO DE GUARDIAS DE LOS JUZGADOS DE ARANJUEZ
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 80
LUNES 6 DE ENERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 4
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE
17
MADRID
PRESIDENCIA
Calendario de guardias para el año 2025 de los partidos judiciales del ámbito del Tribunal
Superior de Justicia de Madrid, que ha sido aprobado por la Sala de Gobierno de este Tribunal
Superior de la sesión celebrada el 11 de noviembre de 2025, para su publicación en ese Boletín,
a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el art. 46.2 del Reglamento 1/2005, de los aspectos accesorios de las actuaciones judiciales.
AÑO 2025
ENERO
Jº
FEBRERO
Jº
MARZO
Jº
ABRIL
Jº
1-6
7-13
14-20
21-27
28-31
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4-10
11-17
18-24
25-28
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18-24
25-31
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1-7
8-14
15-21
22-27
29-30
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MAYO
Jº
JUNIO
Jº
JULIO
Jº
AGOST0
Jº
1-5
6-12
13-19
20-26
27-31
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3-9
10-16
17-23
24-30
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8-14
15-21
22-28
29-31
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12-18
19-25
26-31
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SEPTIEMBRE
Jº
OCTUBRE
Jº
NOVIEMBRE
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DICIEMBRE
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16-22
23-29
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14-20
21-27
28-31
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11-17
18-24
25-30
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9-15
16-22
23-29
30-31
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Nota informativa: la duración de la guardia es de ocho días, comenzando el martes a
las 9:00 horas hasta el siguiente martes a las 08:59 horas. Ahora bien, se considera que el
octavo día se está de guardia solo a los efectos de celebrar los juicios rápidos que se hubieren producido durante dicha semana de guardia.
También hay que tener en cuenta que el relevo del Juzgado de Guardia se produce a
las 9:00 horas del día en que comienza dicha guardia.
En el supuesto previsto en el art. 47 del Reglamento 1/2005 de aspectos accesorios de
las actuaciones judiciales, será llamado en primer lugar, como coadyuvante, el juzgado que
le corresponda relevar al órgano judicial que en ese momento se encontrare prestando el
servicio de guardia ordinario; si fuera necesario el llamamiento, como coadyuvante, de más
de un órgano judicial, se atenderá para ello al orden de relevo sucesivo al del juzgado llamado en primer lugar.
En Madrid, a 13 de diciembre de 2024.—El presidente, Celso Rodríguez Padrón.
(03/21.122/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20250106-17
CALENDARIO DE GUARDIAS DE LOS JUZGADOS DE ARANJUEZ