D) Anuncios - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20250104-1)
Convenio – Adenda de 4 de diciembre de 2024, de tercera prórroga del convenio para la asistencia jurídica a Radio Televisión Madrid, S. A. U., de 25 de enero de 2022
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 3
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 4 DE ENERO DE 2025
Pág. 5
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
1
ADENDA de 4 de diciembre de 2024, de tercera prórroga del convenio para la
asistencia jurídica a Radio Televisión Madrid, S. A. U., de 25 de enero de 2022.
REUNIDOS
De una parte, Excmo. Sr. D. Miguel Ángel García Martín, Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, nombrado por Decreto 39/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se nombra Consejero de Presidencia, Justicia y
Administración Local (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 150, de 26
de junio de 2023), actuando en representación de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, D. José Antonio Sánchez Domínguez, en su calidad de Administrador
Provisional, cargo para el que fue nombrado por Decreto 174/2021, de 14 de julio, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 168, de 16
julio de 2021), y cuyas facultades vienen recogidas en el artículo 22.3 en relación con el artículo 25 de la Ley 8/2015, de 28 de diciembre, de Radio Televisión Madrid, según la redacción dada por la Ley 1/2021, de 9 de julio, de modificación de la Ley 8/2015, actuando
en representación de Radio Televisión Madrid, S. A. U.
Las partes se reconocen capacidad y competencia suficientes para formalizar la presente Adenda de prórroga y, a tal efecto,
EXPONEN
Primero
Con fecha de 25 de enero de 2022 fue suscrito el Convenio para la asistencia jurídica
a Radio Televisión Madrid, S. A. U., pactándose una duración inicial del mismo que finalizaba el 31 de diciembre de 2022. Posteriormente, con fecha 20 de diciembre de 2022, se
acordó prorrogar su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023 y hasta el 31 de diciembre
de 2024 mediante segunda adenda de prórroga de fecha 18 de diciembre de 2023.
Dicho convenio tiene por objeto establecer el marco regulatorio de la asistencia y asesoramiento jurídico y/o representación y defensa en juicio realizada por los Letrados de la
Comunidad de Madrid a Radio Televisión Madrid, S.A.U., a tenor de las exigencias legales previstas en la Ley 3/1999, de 30 de marzo, de Ordenación de los Servicios Jurídicos de
la Comunidad de Madrid, y su normativa de desarrollo.
Segundo
El artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, regula la duración y régimen de prórrogas de los convenios, disponiendo su apartado 2.o que, en cualquier momento anterior a la finalización del plazo de vigencia pactado, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un período de
hasta cuatro años adicionales o su extinción. En términos semejantes se expresa la cláusula cuarta del convenio cuya prórroga se pretende.
Antes de la expiración de la vigencia del convenio, las partes estiman conveniente
acordar la prórroga por un año más, hasta el 31 de diciembre de 2025, al resultar satisfactoria la colaboración alcanzada en virtud del mismo.
Por todo lo expuesto, suscriben la presente Adenda de acuerdo con las siguientes
BOCM-20250104-1
Tercero
B.O.C.M. Núm. 3
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 4 DE ENERO DE 2025
Pág. 5
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
1
ADENDA de 4 de diciembre de 2024, de tercera prórroga del convenio para la
asistencia jurídica a Radio Televisión Madrid, S. A. U., de 25 de enero de 2022.
REUNIDOS
De una parte, Excmo. Sr. D. Miguel Ángel García Martín, Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, nombrado por Decreto 39/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se nombra Consejero de Presidencia, Justicia y
Administración Local (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 150, de 26
de junio de 2023), actuando en representación de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, D. José Antonio Sánchez Domínguez, en su calidad de Administrador
Provisional, cargo para el que fue nombrado por Decreto 174/2021, de 14 de julio, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 168, de 16
julio de 2021), y cuyas facultades vienen recogidas en el artículo 22.3 en relación con el artículo 25 de la Ley 8/2015, de 28 de diciembre, de Radio Televisión Madrid, según la redacción dada por la Ley 1/2021, de 9 de julio, de modificación de la Ley 8/2015, actuando
en representación de Radio Televisión Madrid, S. A. U.
Las partes se reconocen capacidad y competencia suficientes para formalizar la presente Adenda de prórroga y, a tal efecto,
EXPONEN
Primero
Con fecha de 25 de enero de 2022 fue suscrito el Convenio para la asistencia jurídica
a Radio Televisión Madrid, S. A. U., pactándose una duración inicial del mismo que finalizaba el 31 de diciembre de 2022. Posteriormente, con fecha 20 de diciembre de 2022, se
acordó prorrogar su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023 y hasta el 31 de diciembre
de 2024 mediante segunda adenda de prórroga de fecha 18 de diciembre de 2023.
Dicho convenio tiene por objeto establecer el marco regulatorio de la asistencia y asesoramiento jurídico y/o representación y defensa en juicio realizada por los Letrados de la
Comunidad de Madrid a Radio Televisión Madrid, S.A.U., a tenor de las exigencias legales previstas en la Ley 3/1999, de 30 de marzo, de Ordenación de los Servicios Jurídicos de
la Comunidad de Madrid, y su normativa de desarrollo.
Segundo
El artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, regula la duración y régimen de prórrogas de los convenios, disponiendo su apartado 2.o que, en cualquier momento anterior a la finalización del plazo de vigencia pactado, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un período de
hasta cuatro años adicionales o su extinción. En términos semejantes se expresa la cláusula cuarta del convenio cuya prórroga se pretende.
Antes de la expiración de la vigencia del convenio, las partes estiman conveniente
acordar la prórroga por un año más, hasta el 31 de diciembre de 2025, al resultar satisfactoria la colaboración alcanzada en virtud del mismo.
Por todo lo expuesto, suscriben la presente Adenda de acuerdo con las siguientes
BOCM-20250104-1
Tercero