B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250103-8)
Resolución proceso selectivo –  Resolución de 11 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelven las pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de turno libre y de promoción interna, en el Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Superiores, Escala de Ingeniería Superior, Especialidad de Ordenación Rural e Industrias Agroalimentarias, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 2

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 3 DE ENERO DE 2025

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requisito de nacionalidad en los términos de la base sexta, apartado 1.b) de la citada Orden 290/2018, de 27 de junio.
B) Copia del título de Ingeniero o del título de Máster Universitario que habilite para
el ejercicio de las distintas profesiones de Ingeniero.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de
la credencial que acredite su homologación, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia conforme a la normativa que resulte de aplicación a tal
efecto.
C) Petición de destinos de acuerdo con el orden obtenido en el proceso selectivo y según la correspondiente relación de puestos de trabajo ofertados, que habrá de ser
proporcionada a las personas aspirantes aprobadas, en el mismo plazo contemplado en este apartado segundo, por la citada Dirección General de Recursos Humanos, sin perjuicio de que dicha relación se encuentre igualmente disponible, a título meramente informativo, en las siguientes páginas:
Turno Libre: https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/ingenierosuperior-ordenacion-rural-e-industrias-agroalimentarias-a1-2021
Promoción
Interna:
https://www.comunidad.madrid/gobierno/espaciosprofesionales/ingeniero-superior-ordenacion-rural-e-industrias-agroalimentarias-a1-pi
2. No obstante lo anterior, no será necesario aportar la documentación detallada en
las letras A) y B), obteniéndose por la Administración, de oficio, la información a que van
referidas las mismas, salvo si la persona interesada se opusiera expresamente a la consulta
de datos por medios electrónicos establecida a tal fin en el modelo al que se hace mención
en el punto 3 de este apartado segundo.
Sin perjuicio de lo expuesto, en lo relativo a la titulación académica, el acceso de oficio a la información requerida, únicamente será posible siempre y cuando la persona aspirante hubiera procedido al abono de la tasa correspondiente a la expedición del título de que
se trate exigido para concurrir al proceso de referencia. En caso contrario, deberá aportarse la documentación comprendida en la letra B).
3. La documentación especificada en este apartado segundo será presentada telemáticamente, cumplimentando el modelo de impreso normalizado “Formulario de elección de
plaza” y adjuntándose a aquellos la documentación correspondiente que hubiera de aportarse, que se encontrará disponible en el trámite correspondiente a estos procesos selectivos
publicado en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuyas URL son:
Turno Libre: https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/ingenieria-superior-1 .
Promoción Interna: https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/ingenieria-superior-2
Asimismo, dicho trámite estará enlazado en las páginas web del proceso selectivo
accesible desde
Turno Libre: https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/ingeniero-superiorordenacion-rural-e-industrias-agroalimentarias-a1-2021
Promoción
Interna:
https://www.comunidad.madrid/gobierno/espaciosprofesionales/ingeniero-superior-ordenacion-rural-e-industrias-agroalimentarias-a1-pi
A estos efectos, para presentar el modelo y documentación por Internet a través del Registro Electrónico de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo o de los demás registros citados en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, será necesario disponer de uno
de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean
operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista
de confianza de prestadores de servicios de certificación” o de cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.

De acuerdo con lo expresado en el apartado segundo de base segunda de la ya reiterada
Orden 666/2021, de 25 de noviembre, a efectos de la acreditación del cumplimiento de los requisitos establecidos en el apartado segundo de la base segunda por los aspirantes del turno
de promoción interna que han superado las señaladas pruebas selectivas, la aludida Dirección
General de Recursos Humanos realizará las comprobaciones oportunas de tal extremo.

BOCM-20250103-8

Tercero