Quijorna (BOCM-20250103-83)
Régimen económico. Presupuesto general
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 220
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 3 DE ENERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 2
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
83
QUIJORNA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20250103-83
Aprobado inicialmente en sesión ordinaria de Pleno de este Ayuntamiento, de 14 de diciembre de 2024, el presupuesto general, bases de ejecución, y la plantilla de personal funcionario, laboral y eventual para el ejercicio económico 2025, con arreglo a lo previsto en el artículo 169 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20
de abril, se expone al público el expediente y la documentación preceptiva por plazo de quince días desde la publicación de este anuncio, a los efectos de reclamaciones y alegaciones.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento
( http://aytoquijorna.sedelectronica.es ).
De conformidad con el acuerdo adoptado, el presupuesto se considerará definitivamente aprobado, si durante el citado plazo no se presentan reclamaciones.
Así lo firma.
Quijorna, a 18 de diciembre de 2024.—El alcalde, Juan Carlos Pérez Carrasco.
(03/21.052/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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BOCM-20250103-83
Aprobado inicialmente en sesión ordinaria de Pleno de este Ayuntamiento, de 14 de diciembre de 2024, el presupuesto general, bases de ejecución, y la plantilla de personal funcionario, laboral y eventual para el ejercicio económico 2025, con arreglo a lo previsto en el artículo 169 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20
de abril, se expone al público el expediente y la documentación preceptiva por plazo de quince días desde la publicación de este anuncio, a los efectos de reclamaciones y alegaciones.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento
( http://aytoquijorna.sedelectronica.es ).
De conformidad con el acuerdo adoptado, el presupuesto se considerará definitivamente aprobado, si durante el citado plazo no se presentan reclamaciones.
Así lo firma.
Quijorna, a 18 de diciembre de 2024.—El alcalde, Juan Carlos Pérez Carrasco.
(03/21.052/24)
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