Brea de Tajo (BOCM-20241231-24)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 31 DE DICIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 311

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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BREA DE TAJO
RÉGIMEN ECONÓMICO

Se hace público a los efectos de lo dispuesto en el artículo 17.4 del texto refundido de
la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004
de 5 de marzo, el acuerdo definitivo referente a la ordenanza reguladora de la tasa por prestación del servicio de recogida y tratamiento de basuras y residuos sólidos urbanos, acuerdo que fue aprobado provisionalmente por el Pleno de este Ayuntamiento de Brea de Tajo,
en su sesión celebrada el día 30 de octubre de 2024.
El referido acuerdo ha resultado elevado automáticamente a definitivo al no haberse
presentado reclamaciones durante el periodo de exposición al público, ello en consonancia
con lo dispuesto en el artículo 17.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el artículo 49
de la Ley 7/1985 de 2 de abril, habiéndose publicado el correspondiente anuncio de exposición el día 5 de Noviembre de 2024, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 264 del año 2024, y habiéndose expuesto el referido acuerdo de aprobación provisional en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento de Brea de Tajo, tal y como
previene el artículo 17.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, y el artículo 49 de la Ley 7/1985 de 2 de Abril, se hace público el acuerdo elevado
a definitivo, cuya transcripción literal se describe a continuación:
«Segundo.—Ordenanza reguladora de la tasa por prestación del servicio de recogida
y tratamiento de basuras y residuos sólidos urbanos.
Dada cuenta de la propuesta realizada por el alcalde-presidente de este Ayuntamiento
de Brea de Tajo, referente a la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del
servicio de recogida y tratamiento de basuras y residuos sólidos urbanos, así como los documentos que integran el expediente que se está tramitando al efecto.
Se acuerda por unanimidad de los presentes, habiendo asistido seis miembros de los
siete que forman el Pleno de este Ayuntamiento de Brea de Tajo:
Aprobación provisional, de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del
servicio de recogida y tratamiento de basuras y residuos sólidos urbanos. Cuyo texto es el
siguiente:

Artículo 1. Fundamento, régimen y legislación aplicable.—1. Este Ayuntamiento de
acuerdo con las obligaciones establecidas en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular que impiden a los ayuntamientos seguir asumiendo el coste del servicio de recogida y tratamiento de basuras, considera oportuno establecer la tasa por recogida de residuos, que se regirá por la presente Ordenanza fiscal, cuyas
normas atienden a lo dispuesto en el artículo 57 del texto refundido de la Ley Reguladora de
las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
2. Legislación aplicable:
— Artículos 133.2 y 142 de la Constitución Española de 1978.
— Artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local.
— Artículos 15 a 19, 20.4.s y 57 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

BOCM-20241231-24

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN
DEL SERVICIO DE RECOGIDA Y TRATAMIENTO DE BASURAS
Y RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS