B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241230-8)
Resolución proceso selectivo – Resolución de 19 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelve el proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Técnico Especialista II (Grupo III, Nivel 5, Área B) de la Comunidad de Madrid
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BOCM
Pág. 1058
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 30 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 310
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
8
RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Función
Pública, por la que se resuelve el proceso extraordinario de estabilización de
empleo temporal para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Técnico Especialista II (Grupo III, Nivel 5, Área B) de la Comunidad
de Madrid.
Mediante Orden 667/2021, de 25 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 294, de 10 de
diciembre), modificada por la Orden 264/2022, de 14 de febrero, de la citada Consejería
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 47, de 24 de febrero), se convocaron pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal laboral para el acceso a plazas de la categoría profesional de Técnico Especialista II (Grupo III, Nivel 5, Área B) de la Comunidad de Madrid.
De conformidad con lo dispuesto en la base Novena de la anteriormente indicada y demás
normativa de aplicación, una vez remitida por el tribunal calificador la relación definitiva de
personas aspirantes aprobadas en el referido proceso selectivo, la Dirección General de Función Pública ha de dictar la correspondiente resolución comprensiva de dicha relación, que será
publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, debiendo procederse por
aquellas a la acreditación, en los términos previstos en la citada resolución, del cumplimiento
de los requisitos de participación establecidos en la señalada orden de convocatoria.
En virtud de cuanto antecede, este centro directivo, en uso de las atribuciones que tiene conferidas,
RESUELVE
Segundo
1. Con objeto de adquirir la condición de personal laboral, las personas aspirantes seleccionadas dispondrán de un plazo de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al de
la publicación de esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
para elegir destino y presentar la documentación que se indica, exigida en el apartado segundo de la base Novena de la aludida Orden 667/2021, de 25 de noviembre, así como en
el apartado primero de la base quinta de la Orden 1021/2021, de 27 de abril, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, por la que se establecen los criterios generales que han
de regir las convocatorias del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal
del personal funcionario de administración y servicios de la Comunidad de Madrid y del
personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad, dirigida a la Dirección
General de Función Pública de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, todo ello
sin perjuicio de lo establecido en el punto 2 de este apartado segundo:
A) Copia del DNI y, en su caso, demás documentación que fuera precisa a efectos de
acreditar el cumplimiento de los requisitos de edad y nacionalidad, respectivamente.
B) Copia del título de Bachillerato, FP II o Formación Profesional de Grado Superior
o de cualquier otra titulación o estudios equivalentes, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente en la materia.
En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá aportar copia
de la credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de
equivalencia conforme a la normativa que resulte de aplicación a tal efecto.
En el caso de poseer la experiencia profesional sustitutoria recogida en el apartado
segundo.2 de la Orden 264/2022, de 14 de febrero, deberá aportarse certificado
BOCM-20241230-8
Primero
Declarar, a propuesta del tribunal calificador del mencionado proceso selectivo, que
han superado el mismo las personas aspirantes incluidas en la relación que se incorpora
como Anexo de la presente resolución.
Pág. 1058
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 30 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 310
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
8
RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Función
Pública, por la que se resuelve el proceso extraordinario de estabilización de
empleo temporal para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Técnico Especialista II (Grupo III, Nivel 5, Área B) de la Comunidad
de Madrid.
Mediante Orden 667/2021, de 25 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 294, de 10 de
diciembre), modificada por la Orden 264/2022, de 14 de febrero, de la citada Consejería
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 47, de 24 de febrero), se convocaron pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal laboral para el acceso a plazas de la categoría profesional de Técnico Especialista II (Grupo III, Nivel 5, Área B) de la Comunidad de Madrid.
De conformidad con lo dispuesto en la base Novena de la anteriormente indicada y demás
normativa de aplicación, una vez remitida por el tribunal calificador la relación definitiva de
personas aspirantes aprobadas en el referido proceso selectivo, la Dirección General de Función Pública ha de dictar la correspondiente resolución comprensiva de dicha relación, que será
publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, debiendo procederse por
aquellas a la acreditación, en los términos previstos en la citada resolución, del cumplimiento
de los requisitos de participación establecidos en la señalada orden de convocatoria.
En virtud de cuanto antecede, este centro directivo, en uso de las atribuciones que tiene conferidas,
RESUELVE
Segundo
1. Con objeto de adquirir la condición de personal laboral, las personas aspirantes seleccionadas dispondrán de un plazo de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al de
la publicación de esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
para elegir destino y presentar la documentación que se indica, exigida en el apartado segundo de la base Novena de la aludida Orden 667/2021, de 25 de noviembre, así como en
el apartado primero de la base quinta de la Orden 1021/2021, de 27 de abril, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, por la que se establecen los criterios generales que han
de regir las convocatorias del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal
del personal funcionario de administración y servicios de la Comunidad de Madrid y del
personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad, dirigida a la Dirección
General de Función Pública de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, todo ello
sin perjuicio de lo establecido en el punto 2 de este apartado segundo:
A) Copia del DNI y, en su caso, demás documentación que fuera precisa a efectos de
acreditar el cumplimiento de los requisitos de edad y nacionalidad, respectivamente.
B) Copia del título de Bachillerato, FP II o Formación Profesional de Grado Superior
o de cualquier otra titulación o estudios equivalentes, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente en la materia.
En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá aportar copia
de la credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de
equivalencia conforme a la normativa que resulte de aplicación a tal efecto.
En el caso de poseer la experiencia profesional sustitutoria recogida en el apartado
segundo.2 de la Orden 264/2022, de 14 de febrero, deberá aportarse certificado
BOCM-20241230-8
Primero
Declarar, a propuesta del tribunal calificador del mencionado proceso selectivo, que
han superado el mismo las personas aspirantes incluidas en la relación que se incorpora
como Anexo de la presente resolución.