B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241230-5)
Resolución proceso selectivo –  Resolución de 11 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelve el proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de turno libre, en el Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Técnicos, Escala de Ingeniería Técnica, Especialidad de Ordenación Rural e Industrias Agroalimentarias, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 30 DE DICIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 310

B) Copia de título de Ingeniero Técnico o del título de Grado que habilite para el ejercicio de las distintas profesiones de Ingeniero Técnico.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la
credencial que acredite su homologación, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia conforme a la normativa que resulte de aplicación a tal efecto.
C) Petición de destinos de acuerdo con el orden obtenido en el proceso selectivo y según
la correspondiente relación de puestos de trabajo ofertados, que habrá de ser proporcionada a las personas aspirantes aprobadas, en el mismo plazo contemplado en este
apartado segundo, por la citada Dirección General de Recursos Humanos, sin perjuicio de que dicha relación se encuentre igualmente disponible, a título meramente informativo, en la página web https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/ingenierotecnico-ordenacion-rural-e-industrias-agroalimentarias-a2-2021
2. No obstante lo anterior, no será necesario aportar la documentación detallada en
las letras A) y B), obteniéndose por la Administración, de oficio, la información a que van
referidas las mismas, salvo si la persona interesada se opusiera expresamente a la consulta
de datos por medios electrónicos establecida a tal fin en el modelo al que se hace mención
en el punto 3 de este apartado segundo.
Sin perjuicio de lo expuesto, en lo relativo a la titulación académica, el acceso de oficio a la información requerida, únicamente será posible siempre y cuando la persona aspirante hubiera procedido al abono de la tasa correspondiente a la expedición del título de que
se trate exigido para concurrir al proceso de referencia. En caso contrario, deberá aportarse la documentación comprendida en la letra B).
3. La documentación especificada en este apartado segundo será presentada telemáticamente, cumplimentando el modelo de impreso normalizado “Formulario de elección de plaza”, que se encontrará disponible en el trámite correspondiente a este proceso selectivo publicado en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es
https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/ingeniero-arquitecto-tecnico-0 y adjuntándose a aquel la documentación correspondiente que hubiera de aportarse.
Asimismo, dicho trámite estará enlazado en la página web del proceso selectivo accesible desde https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/ingeniero-tecnico-ordenacionrural-e-industrias-agroalimentarias-a2-2021
A estos efectos, para presentar el modelo y documentación por Internet a través del Registro Electrónico de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo o de los demás registros citados en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, será necesario disponer de uno de los
Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o de cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se
establezcan específicamente para cada tipo de firma.
Tercero
De conformidad con lo dispuesto en el apartado décimo de la base decimocuarta de la
señalada Orden 290/2018, de 27 de junio, aquellas personas aspirantes que, dentro del plazo
habilitado en el apartado segundo de esta resolución, y salvo casos de fuerza mayor, no acreditasen el cumplimiento de los requisitos exigidos en el proceso selectivo de referencia, o si
del examen de la documentación correspondiente se dedujera que carecen de alguno de dichos requisitos, perderán su derecho a ser nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo de
Ingenieros y Arquitectos Técnicos, Escala de Ingeniería Técnica, Especialidad de Ordenación Rural e Industrias Agroalimentarias, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de
Madrid, y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Hacienda y Función Pública, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid a 11 de diciembre de 2024.—La Directora General de Función Pública,
P. D. F. (Resolución de 24 de noviembre de 2021), la Subdirectora General de Planificación
de Efectivos y Selección, Emilia Álvarez Tornero.

BOCM-20241230-5

Cuarto