C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20241230-24)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Orden 5698/2024, de 11 de diciembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se establece la convocatoria 2024 de las ayudas para la realización de doctorados industriales en la Comunidad de Madrid
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 310

LUNES 30 DE DICIEMBRE DE 2024

Pág. 1159

El importe máximo a financiar para el entorno académico es de 30.000 euros/año.
El importe a financiar para el entorno empresarial es:
— Pequeñas empresas: 25.000 euros/año.
— Medianas empresas: 22.500 euros/año.
— Grandes empresas: 20.000 euros/año.
Quinto
Criterios de evaluación
La valoración de los proyectos se realizará sobre un total de 100 puntos y se considerarán los siguientes aspectos:
1. Calidad y viabilidad científico-tecnológica del proyecto de I + D propuesto
(máximo 60 puntos).
Se evaluará la calidad y viabilidad del proyecto I + D, considerando: estructura y calidad de la memoria, metodología, definición de objetivos y aspectos innovadores del proyecto (máximo 30 puntos), la transferencia de conocimiento al sector empresarial, en términos de innovación para la empresa, potencial de aplicación de los resultados en la
empresa (máximo 20 puntos) y la adecuación de los recursos disponibles a los objetivos del
proyecto, recursos humanos, y recursos materiales y financieros (máximo 10 puntos).
2. Impacto de la ayuda en la actividad de I + D + I de la entidad empresarial (Máximo 30 puntos).
Se valorará el impacto en el incremento de la actividad de I + D + I previsto para la empresa y sus resultados, considerando los siguientes aspectos: monto de la inversión privada
destinada al proyecto, porcentaje de la inversión privada sobre el costo total del proyecto
(máximo 5 puntos); aplicabilidad de la investigación en los procesos, productos o servicios,
mejora estratégica para la empresa, análisis de la competencia, estudios de mercado (máximo 10 puntos); finalmente, la puesta de estos resultados en el mercado, estrategia de comercialización, plan de lanzamiento, potencial de éxito en el mercado (máximo 15 puntos).
3. Experiencia del director de tesis (máximo 10 puntos).
Se valorará su excelencia del director de tesis, teniendo en cuenta los siguientes aspectos: número de tesis doctorales dirigidas (máximo 7 puntos), de las cuales, tesis doctorales
industriales (1 punto por tesis, máximo 4 puntos) y tesis doctorales académicas (0.5 puntos
por tesis, máximo 3 puntos). Participación en proyectos de colaboración nacionales e internacionales con entidades empresariales (1 punto por proyecto, máximo 3 puntos).
Sólo podrán ser propuestas para financiación las solicitudes que tengan una puntuación igual o superior a 60 puntos como suma de los tres apartados anteriores.
Sexto
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del
día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 11 de diciembre de 2024.
El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
EMILIO VICIANA DURO

BOCM-20241230-24

(03/21.466/24)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791