B) Autoridades y Personal - UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS (BOCM-20241230-19)
Convocatoria proceso selectivo – Resolución de 18 de diciembre de 2024, de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se anuncia la modificación de la Resolución de 27 de septiembre de 2021 de la Universidad Rey Juan Carlos (“Boletín Oficial del Estado” y BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 6 de octubre de 2021) por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Oficial de Oficios previstas en las ofertas de empleo público de 2018 y 2020
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 310
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 30 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 1115
Segundo
Debido al tiempo transcurrido entre una y otra fase de la tramitación del procedimiento, se acuerda publicar el texto refundido de la convocatoria completa, incorporando las
modificaciones indicadas anteriormente, y conceder un nuevo plazo de presentación de solicitudes. Las personas interesadas que ya presentaron la solicitud durante el plazo inicial
previsto en la convocatoria no tendrán que presentar una nueva solicitud. Aquellos interesados que no deseen continuar participando en el proceso selectivo pueden solicitar la devolución de los derechos de examen abonados en su solicitud inicial. Para ello, deberán presentar a través de la sede electrónica de la Universidad un escrito utilizando este enlace:
https://sede.urjc.es/catalogo-de-servicios/REGING
Tercero
BOCM-20241230-19
Ordenar la publicación del texto refundido de la convocatoria en la página web de esta
Universidad en las direcciones:
https://sede.urjc.es/tablon-de-anuncios
y https://www.urjc.es/empleo-publico
al día siguiente en el que se haga público en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID el anuncio de la Resolución. Quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo deberán solicitarlo cumplimentando obligatoriamente el formulario de solicitud
que estará disponible en la Sede Electrónica, accediendo a través del siguiente enlace:
https://sede.urjc.es/convocatorias
El plazo para acceder a la aplicación habilitada al efecto y formular la solicitud será de
veinte días hábiles, contados a partir del día 8 de enero de 2025 debido a que el período
comprendido entre los días 23 de diciembre de 2024 y 7 de enero de 2025, ambos incluidos, se declara inhábil a efectos de cómputo de plazos en los procedimientos administrativos de esta Universidad.
La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados
a partir del día siguiente a su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”, de conformidad
con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso
de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea
resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Móstoles, a 18 de diciembre de 2024.—El Rector, P. D. (Resolución de 20 de febrero
de 2018; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de marzo de 2018), el Gerente General, Vicente Calvo Andrés.
(01/20.994/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 310
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 30 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 1115
Segundo
Debido al tiempo transcurrido entre una y otra fase de la tramitación del procedimiento, se acuerda publicar el texto refundido de la convocatoria completa, incorporando las
modificaciones indicadas anteriormente, y conceder un nuevo plazo de presentación de solicitudes. Las personas interesadas que ya presentaron la solicitud durante el plazo inicial
previsto en la convocatoria no tendrán que presentar una nueva solicitud. Aquellos interesados que no deseen continuar participando en el proceso selectivo pueden solicitar la devolución de los derechos de examen abonados en su solicitud inicial. Para ello, deberán presentar a través de la sede electrónica de la Universidad un escrito utilizando este enlace:
https://sede.urjc.es/catalogo-de-servicios/REGING
Tercero
BOCM-20241230-19
Ordenar la publicación del texto refundido de la convocatoria en la página web de esta
Universidad en las direcciones:
https://sede.urjc.es/tablon-de-anuncios
y https://www.urjc.es/empleo-publico
al día siguiente en el que se haga público en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID el anuncio de la Resolución. Quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo deberán solicitarlo cumplimentando obligatoriamente el formulario de solicitud
que estará disponible en la Sede Electrónica, accediendo a través del siguiente enlace:
https://sede.urjc.es/convocatorias
El plazo para acceder a la aplicación habilitada al efecto y formular la solicitud será de
veinte días hábiles, contados a partir del día 8 de enero de 2025 debido a que el período
comprendido entre los días 23 de diciembre de 2024 y 7 de enero de 2025, ambos incluidos, se declara inhábil a efectos de cómputo de plazos en los procedimientos administrativos de esta Universidad.
La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados
a partir del día siguiente a su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”, de conformidad
con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso
de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea
resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Móstoles, a 18 de diciembre de 2024.—El Rector, P. D. (Resolución de 20 de febrero
de 2018; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de marzo de 2018), el Gerente General, Vicente Calvo Andrés.
(01/20.994/24)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791