D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20241228-4)
Convenio – Convenio de 10 de diciembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación AVA, para la adecuación de un espacio, mediante la reforma, acondicionamiento y dotación de mobiliario del mismo, en la planta segunda en la Unidad de Cuidados Intensivos de Neonatología del Edificio Materno-Infantil del Hospital General Universitario “Gregorio Marañón”
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 309
SÁBADO 28 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 43
Por último, el presente convenio se enmarca dentro de las competencias del Servicio Madrileño de Salud y de la Comunidad de Madrid, en referencia al contenido mínimo que para
los convenios establecen, tanto el artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, como el artículo 4 del Decreto 48/2019, de 10 de junio.
Segundo
Que el Hospital General Universitario “Gregorio Marañón” está adscrito al Servicio
Madrileño de Salud, de acuerdo con la disposición adicional segunda del Decreto 246/2023,
de 4 de octubre.
Tercero
Que el presente documento se enmarca dentro del despliegue de actividades de la estrategia de humanización de la Consejería de Sanidad con el objeto de impulsar y promover intervenciones que mejoren la humanización en el proceso asistencial, posibilitando un
sistema sanitario cercano que, sin disminuir su calidad científico-técnica, destaque la importancia de la dimensión humana de la atención sanitaria y la personalización de la asistencia. Dentro de estas actividades se encuentra la puesta al servicio del ciudadano de servicios sanitarios cercanos, transformando los centros y servicios sanitarios en entornos más
humanos.
Así, se pondrá en marcha un plan de innovación que permita adecuar espacios, para mejorar la calidad de la estancia de los niños enfermos y sus familiares y de los pacientes adultos,
mediante la adaptación de las instalaciones, reforma de espacios y de las salas hospitalarias, en
concreto en este caso para el Hospital General Universitario “Gregorio Marañón”.
Cuarto
Que la Fundación es una entidad sin ánimo de lucro, de carácter asistencial y social,
regida por la Ley 50/2002, de 26 de diciembre de Fundaciones y por la Ley 49/2002 de 23
de diciembre de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales de Mecenazgo, inscrita en el Registro de Fundaciones de competencia estatal por
Resolución de 16 de marzo de 2017, con el número 1.877, y que de conformidad con los artículos 5 y 6 de sus Estatutos, por los que se establecen los fines fundacionales y las actividades para la consecución de dichos fines, se elaborarán e implementarán las actuaciones
de colaboración previstas en el Anexo I adjunto.
En virtud de lo expuesto, las partes, en el ejercicio de sus respectivas funciones, acuerdan suscribir el presente convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El presente convenio tiene por objeto, la definición, desarrollo y ejecución de actuaciones dirigidas a la humanización de los entornos sanitarios que permitan mejorar la calidad de vida de los pacientes pediátricos ingresados y/o en tratamiento, mediante la adecuación de espacios en el Hospital General Universitario “Gregorio Marañón” que consistirán
en la remodelación de un espacio de la planta segunda del Hospital Materno Infantil. El objetivo prioritario es conseguir que los entornos hospitalarios sean más humanos y hagan que
los pacientes y sus familias se sientan en un entorno más acogedor y familiar, de acuerdo
con las actuaciones que se especifican en el Anexo I de este convenio.
Compromisos de las partes
1. La Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad, se compromete a:
— Utilizar los circuitos de comunicación existentes para difundir las actividades que desarrolle la Fundación en el Hospital General Universitario “Gregorio Marañón”.
— Difundir en la página web de la Consejería de Sanidad el enlace de acceso a la memoria anual de la Fundación detallando la actividad objeto del presente convenio,
al objeto de facilitar la información a ciudadanos y profesionales sanitarios.
BOCM-20241228-4
Segunda
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 309
SÁBADO 28 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 43
Por último, el presente convenio se enmarca dentro de las competencias del Servicio Madrileño de Salud y de la Comunidad de Madrid, en referencia al contenido mínimo que para
los convenios establecen, tanto el artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, como el artículo 4 del Decreto 48/2019, de 10 de junio.
Segundo
Que el Hospital General Universitario “Gregorio Marañón” está adscrito al Servicio
Madrileño de Salud, de acuerdo con la disposición adicional segunda del Decreto 246/2023,
de 4 de octubre.
Tercero
Que el presente documento se enmarca dentro del despliegue de actividades de la estrategia de humanización de la Consejería de Sanidad con el objeto de impulsar y promover intervenciones que mejoren la humanización en el proceso asistencial, posibilitando un
sistema sanitario cercano que, sin disminuir su calidad científico-técnica, destaque la importancia de la dimensión humana de la atención sanitaria y la personalización de la asistencia. Dentro de estas actividades se encuentra la puesta al servicio del ciudadano de servicios sanitarios cercanos, transformando los centros y servicios sanitarios en entornos más
humanos.
Así, se pondrá en marcha un plan de innovación que permita adecuar espacios, para mejorar la calidad de la estancia de los niños enfermos y sus familiares y de los pacientes adultos,
mediante la adaptación de las instalaciones, reforma de espacios y de las salas hospitalarias, en
concreto en este caso para el Hospital General Universitario “Gregorio Marañón”.
Cuarto
Que la Fundación es una entidad sin ánimo de lucro, de carácter asistencial y social,
regida por la Ley 50/2002, de 26 de diciembre de Fundaciones y por la Ley 49/2002 de 23
de diciembre de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales de Mecenazgo, inscrita en el Registro de Fundaciones de competencia estatal por
Resolución de 16 de marzo de 2017, con el número 1.877, y que de conformidad con los artículos 5 y 6 de sus Estatutos, por los que se establecen los fines fundacionales y las actividades para la consecución de dichos fines, se elaborarán e implementarán las actuaciones
de colaboración previstas en el Anexo I adjunto.
En virtud de lo expuesto, las partes, en el ejercicio de sus respectivas funciones, acuerdan suscribir el presente convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El presente convenio tiene por objeto, la definición, desarrollo y ejecución de actuaciones dirigidas a la humanización de los entornos sanitarios que permitan mejorar la calidad de vida de los pacientes pediátricos ingresados y/o en tratamiento, mediante la adecuación de espacios en el Hospital General Universitario “Gregorio Marañón” que consistirán
en la remodelación de un espacio de la planta segunda del Hospital Materno Infantil. El objetivo prioritario es conseguir que los entornos hospitalarios sean más humanos y hagan que
los pacientes y sus familias se sientan en un entorno más acogedor y familiar, de acuerdo
con las actuaciones que se especifican en el Anexo I de este convenio.
Compromisos de las partes
1. La Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad, se compromete a:
— Utilizar los circuitos de comunicación existentes para difundir las actividades que desarrolle la Fundación en el Hospital General Universitario “Gregorio Marañón”.
— Difundir en la página web de la Consejería de Sanidad el enlace de acceso a la memoria anual de la Fundación detallando la actividad objeto del presente convenio,
al objeto de facilitar la información a ciudadanos y profesionales sanitarios.
BOCM-20241228-4
Segunda