Madrid (BOCM-20241227-60)
Régimen económico. Pleno del Ayuntamiento. Presupuesto general
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 308
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 27 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 379
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
60
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Pleno del Ayuntamiento
BOCM-20241227-60
Acuerdo del Pleno, de 23 de diciembre de 2024, por el que se aprueba el Presupuesto
General del Ayuntamiento de Madrid para 2025, integrado por el presupuesto del propio
Ayuntamiento, los de los organismos autónomos dependientes del mismo y los estados de
previsión de gastos e ingresos de las sociedades mercantiles cuyo capital social pertenece
íntegramente al Ayuntamiento de Madrid.
El Pleno del Ayuntamiento en la sesión (13/2024), extraordinaria celebrada el día 23
de diciembre de 2024, adoptó el siguiente acuerdo:
“Primero.—Aprobar el Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para 2025,
integrado por el presupuesto del propio Ayuntamiento, los de los Organismos autónomos
dependientes del mismo y los estados de previsión de gastos e ingresos de las sociedades
mercantiles cuyo capital social pertenece íntegramente al Ayuntamiento de Madrid.
Segundo.—Facultar a la Presidencia del Pleno, tan ampliamente como en derecho proceda y siguiendo criterios de eficacia, eficiencia, economía procesal y seguridad jurídica,
para corregir de oficio los errores materiales o de hecho que pudieran detectarse, de lo que,
en su caso, se dará cuenta en la próxima sesión ordinaria del Pleno que se celebre”.
Lo que se hace público para general conocimiento, indicándose que contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de
la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de
que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente en derecho (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Se procede a continuación a la publicación de dicho Presupuesto General resumido por
capítulos de cada uno de los presupuestos que lo integran, así como de las Bases de ejecución del mismo.
El texto íntegro del mencionado Presupuesto General para 2025, está previsto que sea
publicado en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid” de 27 de diciembre de 2024.
B.O.C.M. Núm. 308
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 27 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 379
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
60
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Pleno del Ayuntamiento
BOCM-20241227-60
Acuerdo del Pleno, de 23 de diciembre de 2024, por el que se aprueba el Presupuesto
General del Ayuntamiento de Madrid para 2025, integrado por el presupuesto del propio
Ayuntamiento, los de los organismos autónomos dependientes del mismo y los estados de
previsión de gastos e ingresos de las sociedades mercantiles cuyo capital social pertenece
íntegramente al Ayuntamiento de Madrid.
El Pleno del Ayuntamiento en la sesión (13/2024), extraordinaria celebrada el día 23
de diciembre de 2024, adoptó el siguiente acuerdo:
“Primero.—Aprobar el Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para 2025,
integrado por el presupuesto del propio Ayuntamiento, los de los Organismos autónomos
dependientes del mismo y los estados de previsión de gastos e ingresos de las sociedades
mercantiles cuyo capital social pertenece íntegramente al Ayuntamiento de Madrid.
Segundo.—Facultar a la Presidencia del Pleno, tan ampliamente como en derecho proceda y siguiendo criterios de eficacia, eficiencia, economía procesal y seguridad jurídica,
para corregir de oficio los errores materiales o de hecho que pudieran detectarse, de lo que,
en su caso, se dará cuenta en la próxima sesión ordinaria del Pleno que se celebre”.
Lo que se hace público para general conocimiento, indicándose que contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de
la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de
que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente en derecho (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Se procede a continuación a la publicación de dicho Presupuesto General resumido por
capítulos de cada uno de los presupuestos que lo integran, así como de las Bases de ejecución del mismo.
El texto íntegro del mencionado Presupuesto General para 2025, está previsto que sea
publicado en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid” de 27 de diciembre de 2024.