B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241227-4)
Convocatoria proceso selectivo –  Orden 3229/2024, de 14 de diciembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre y de promoción interna, en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Técnica o de Mando, Categoría de Oficial de Área, Grupo A, Subgrupo A1
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 27 DE DICIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 308

acreditativa del cumplimiento de los requisitos de participación exigidos en el proceso selectivo, a cuyos efectos se estará a lo previsto en los apartados sexto a décimo de la base decimocuarta de la Orden 290/2018, de 27 de junio.
3. La presentación de la documentación señalada en el punto anterior deberá realizarse exclusivamente por medios telemáticos, en aplicación de lo recogido en el Decreto 188/2021, de 21 de julio.
4. El penúltimo requisito contemplado en el apartado primero de la base segunda de la
presente Orden, se acreditará, por parte de las personas aspirantes que, en su caso, hubiesen
superado el proceso selectivo de promoción interna, mediante un certificado emitido por el
Servicio Médico del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, en el que se haga
constar que la persona aspirante, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, tiene superados los exámenes de salud establecidos por dicho Servicio y que se encuentra en las condiciones físicas adecuadas para el desempeño de las tareas propias de la categoría de Oficial de Área de la Escala Técnica o de Mando del Cuerpo de Bomberos de la
Comunidad de Madrid. A tal efecto, podrá reclamarse la actualización del examen de salud
y/o de la prueba de control físico periódico si así lo considera el referido Servicio Médico.
La Administración, de oficio, obtendrá este certificado, salvo si la persona interesada
se opusiera, expresa y motivadamente, a la verificación de esa información.
Novena
Nombramiento como personal funcionario de carrera y toma de posesión
1. Concluido el correspondiente proceso selectivo, quienes lo hubieran superado y
acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos en la presente Orden de convocatoria, serán nombrados, de acuerdo con lo dispuesto en la base decimoquinta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, personal funcionario de carrera del Cuerpo de Bomberos de
la Comunidad de Madrid, Escala Técnica o de Mando, Categoría de Oficial de Área, Grupo A, Subgrupo A1, tomando posesión según lo previsto en la base decimosexta de la mencionada Orden.
2. En el supuesto de que las aspirantes se encuentren en situación de incapacidad
temporal, riesgo durante el embarazo o permiso por parto, podrán tomar posesión de su nuevo puesto de trabajo y continuar en la situación que vinieran disfrutando o que les correspondiera desde ese momento, sin perjuicio de que, a petición propia, puedan solicitar que
se estime una situación de fuerza mayor, iniciándose o reanudándose, en este caso, el
cómputo del plazo de toma de posesión cuando finalice la situación de incapacidad temporal derivada de la gestación o el permiso por parto.
Décima
1. Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria, así como las
actuaciones del órgano de selección, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
2. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un
mes, ante la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior
de Justicia de Madrid, aquellas personas aspirantes que concurran al proceso de acceso libre, o ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid quienes participen en
el proceso de promoción interna, de acuerdo con lo determinado en los artículos 8, 10 y 46.1
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ambos
plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, significándose que en caso de interponer recurso de reposición
no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
En Madrid, a 14 de diciembre de 2024.—La Directora General de Función Pública, por
delegación de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, mediante Orden de 17 de
abril de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de mayo), María
José Esteban Raposo.

BOCM-20241227-4

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