Madrid (BOCM-20241226-47)
Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Moviidad. Disolución Junta Compensación
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 307
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 26 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 221
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
47
MADRID
URBANISMO
Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad
BOCM-20241226-47
La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en sesión celebrada el día 14 de noviembre de 2024 y en el expediente administrativo con número de referencia 511/2024/08428,
ha adoptado el siguiente acuerdo:
Primero.—Aprobar definitivamente la disolución de la Junta de Compensación de la
modificación de Plan General 20.304 “Subestación de Vicálvaro Iberdrola” dentro del Área
de Planeamiento Incorporado 20.17/M “Ensanche Este de San Blas (PP I.7)”, constituida
como entidad urbanística colaboradora para la gestión del citado ámbito, de conformidad
con lo establecido en el artículo 30 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por
Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, y el artículo 46 de los Estatutos de la Junta de
Compensación, aprobados por acuerdo de 6 de octubre de 2016 de la Junta de Gobierno de
la Ciudad de Madrid.
Quienes ostenten los cargos de liquidadores deberán dar cuenta a esta Administración
actuante de las operaciones de liquidación definitiva del saldo final, debiendo justificar documentalmente la práctica de dichas liquidaciones y los abonos correspondientes.
Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID y en un periódico de los de mayor circulación, con notificación individualizada a las personas interesadas.
Tercero.—Elevar el acuerdo a la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad de Madrid para su inscripción en el Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras, de acuerdo con lo establecido en el artículo 164 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto.
Lo que se publica para general conocimiento, significándose que este acuerdo pone fin
a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo ha dictado, según lo dispuesto en
los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, de conformidad con lo establecido en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a contar en ambos casos desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 4 de diciembre de 2024.—La Directora de la Oficina de la Secretaría de la
Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.
(02/20.311/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en sesión celebrada el día 14 de noviembre de 2024 y en el expediente administrativo con número de referencia 511/2024/08428,
ha adoptado el siguiente acuerdo:
Primero.—Aprobar definitivamente la disolución de la Junta de Compensación de la
modificación de Plan General 20.304 “Subestación de Vicálvaro Iberdrola” dentro del Área
de Planeamiento Incorporado 20.17/M “Ensanche Este de San Blas (PP I.7)”, constituida
como entidad urbanística colaboradora para la gestión del citado ámbito, de conformidad
con lo establecido en el artículo 30 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por
Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, y el artículo 46 de los Estatutos de la Junta de
Compensación, aprobados por acuerdo de 6 de octubre de 2016 de la Junta de Gobierno de
la Ciudad de Madrid.
Quienes ostenten los cargos de liquidadores deberán dar cuenta a esta Administración
actuante de las operaciones de liquidación definitiva del saldo final, debiendo justificar documentalmente la práctica de dichas liquidaciones y los abonos correspondientes.
Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID y en un periódico de los de mayor circulación, con notificación individualizada a las personas interesadas.
Tercero.—Elevar el acuerdo a la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad de Madrid para su inscripción en el Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras, de acuerdo con lo establecido en el artículo 164 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto.
Lo que se publica para general conocimiento, significándose que este acuerdo pone fin
a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo ha dictado, según lo dispuesto en
los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, de conformidad con lo establecido en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a contar en ambos casos desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 4 de diciembre de 2024.—La Directora de la Oficina de la Secretaría de la
Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.
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