Mejorada del Campo (BOCM-20241226-87)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 26 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 307
c) Documento acreditativo de la situación tributaria de la persona solicitante ante el
Ayuntamiento de Mejorada del Campo, en caso de oposición expresa de la persona solicitante a que sea recabado por el órgano tramitador.
d) Documento expedido por entidad financiera en el que conste la entidad solicitante
como titular y el código IBAN de la cuenta en la que se efectuará el pago de la
subvención.
e) Certificado de la Federación correspondiente del número de licencias tramitadas
en la temporada en curso, indicando categoría.
Grupo D:
a) Documento Nacional de Identidad de la persona solicitante o documento equivalente, en vigor.
b) En su caso, Documento Nacional de Identidad del representante de la persona solicitante o documento equivalente, en vigor.
c) Documento expedido por entidad financiera en el que conste la persona solicitante
como titular y el código IBAN de la cuenta en la que se efectuará el pago de la
subvención.
Situación económica:
a) Última declaración de IRPF presentada a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
b) Certificado de imputaciones negativas donde se reflejen los ingresos del año fiscal
solicitado.
c) Certificado de Renta Mínima de Inserción emitido por los Servicios Sociales.
Situación social. Según corresponda:
a) Informe emitido por personal médico facultativo de los servicios públicos de salud
con una concreta recomendación de práctica de la modalidad deportiva para la que
solicita la subvención.
b) Informe de Servicios Sociales acreditativo de la situación de intervención social.
c) Sentencia firme o informe del Punto de Violencia acreditativo de la situación de
violencia en el ámbito familiar.
d) Documento emitido por la empresa con el establecimiento de horarios de trabajo
coincidentes con los de impartición de la modalidad deportiva para la que solicita la subvención.
e) La edad de la persona solicitante se entenderá acreditada con la presentación del
Documento Nacional de Identidad o documento equivalente en el que figure la fecha de nacimiento.
f) Documento acreditativo de la condición de persona jubilada o pensionista.
6. Presupuesto máximo de la convocatoria.—60.000 euros.
7. Período subvencionable.
— Grupos A y B: agosto 2021 – julio 2023.
— Grupos C: agosto 2024 – julio 2025.
— Grupo D: agosto 2024 – julio 2025.
8. Justificación y pago.—La subvención se justificará mediante cuenta justificativa
ordinaria, que consiste en la presentación de dos memorias y de los justificantes de gastos
y pago y, que deberá presentarse antes del 15 de marzo de 2025. Para los grupos A y B el
pago de la subvención se efectuará previa justificación por el beneficiario del cumplimiento del objeto y demás condiciones de la subvención y la debida aplicación de los fondos percibidos, de una sola vez y por el importe total de la subvención concedida y justificada, mediante transferencia bancaria. Para los grupos C y D el pago de la subvención se efectuará
con anterioridad a la justificación de la subvención de una sola vez y por el importe total de
la subvención concedida, por transferencia bancaria.
En Mejorada del Campo, a 16 de diciembre de 2025.—El alcalde-presidente, Jorge
Capa Carralero.
(03/20.865/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20241226-87
BOCM
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JUEVES 26 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 307
c) Documento acreditativo de la situación tributaria de la persona solicitante ante el
Ayuntamiento de Mejorada del Campo, en caso de oposición expresa de la persona solicitante a que sea recabado por el órgano tramitador.
d) Documento expedido por entidad financiera en el que conste la entidad solicitante
como titular y el código IBAN de la cuenta en la que se efectuará el pago de la
subvención.
e) Certificado de la Federación correspondiente del número de licencias tramitadas
en la temporada en curso, indicando categoría.
Grupo D:
a) Documento Nacional de Identidad de la persona solicitante o documento equivalente, en vigor.
b) En su caso, Documento Nacional de Identidad del representante de la persona solicitante o documento equivalente, en vigor.
c) Documento expedido por entidad financiera en el que conste la persona solicitante
como titular y el código IBAN de la cuenta en la que se efectuará el pago de la
subvención.
Situación económica:
a) Última declaración de IRPF presentada a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
b) Certificado de imputaciones negativas donde se reflejen los ingresos del año fiscal
solicitado.
c) Certificado de Renta Mínima de Inserción emitido por los Servicios Sociales.
Situación social. Según corresponda:
a) Informe emitido por personal médico facultativo de los servicios públicos de salud
con una concreta recomendación de práctica de la modalidad deportiva para la que
solicita la subvención.
b) Informe de Servicios Sociales acreditativo de la situación de intervención social.
c) Sentencia firme o informe del Punto de Violencia acreditativo de la situación de
violencia en el ámbito familiar.
d) Documento emitido por la empresa con el establecimiento de horarios de trabajo
coincidentes con los de impartición de la modalidad deportiva para la que solicita la subvención.
e) La edad de la persona solicitante se entenderá acreditada con la presentación del
Documento Nacional de Identidad o documento equivalente en el que figure la fecha de nacimiento.
f) Documento acreditativo de la condición de persona jubilada o pensionista.
6. Presupuesto máximo de la convocatoria.—60.000 euros.
7. Período subvencionable.
— Grupos A y B: agosto 2021 – julio 2023.
— Grupos C: agosto 2024 – julio 2025.
— Grupo D: agosto 2024 – julio 2025.
8. Justificación y pago.—La subvención se justificará mediante cuenta justificativa
ordinaria, que consiste en la presentación de dos memorias y de los justificantes de gastos
y pago y, que deberá presentarse antes del 15 de marzo de 2025. Para los grupos A y B el
pago de la subvención se efectuará previa justificación por el beneficiario del cumplimiento del objeto y demás condiciones de la subvención y la debida aplicación de los fondos percibidos, de una sola vez y por el importe total de la subvención concedida y justificada, mediante transferencia bancaria. Para los grupos C y D el pago de la subvención se efectuará
con anterioridad a la justificación de la subvención de una sola vez y por el importe total de
la subvención concedida, por transferencia bancaria.
En Mejorada del Campo, a 16 de diciembre de 2025.—El alcalde-presidente, Jorge
Capa Carralero.
(03/20.865/24)
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ISSN 1989-4791
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