C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20241226-8)
Programa de formación – Resolución de 10 de diciembre de 2024, del Director General de Reequilibrio Territorial de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se hace pública la convocatoria del Programa de Formación para el personal y cargos electos de las Entidades Locales de la Comunidad de Madrid correspondiente al primer semestre de 2025
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 86
JUEVES 26 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 307
Séptima
Cifra mínima de alumnos y modificaciones de las acciones formativas
La Dirección General de Reequilibrio Territorial se reserva la facultad de suspender o
aplazar el desarrollo de una acción formativa cuando el número de alumnos convocados el
día hábil inmediatamente anterior al inicio del curso sea inferior a la mitad de las plazas disponibles. Asimismo, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, en atención
a la demanda registrada, por razones de eficacia o calidad, podrá modificar el número de
acciones formativas, su duración, contenido, destinatarios, valoración de méritos para la
provisión de puestos reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional y demás características.
Octava
Nuevas acciones formativas
La Dirección General de Reequilibrio Territorial podrá convocar nuevas acciones formativas, con distintos formatos y duración, atendiendo a novedades legislativas, nuevos
procesos administrativos o aspectos susceptibles de mejora en la calidad de los servicios
públicos de las Entidades Locales de la Comunidad de Madrid.
Novena
Con anterioridad a la celebración de cada acción formativa, los alumnos seleccionados
serán informados de su valoración a los efectos del baremo de méritos generales para la provisión de puestos reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional, adoptados
por Resolución de esta Dirección General de fecha 5 de diciembre de 1.994 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 298, de 16 de diciembre) y de acuerdo también con la Resolución de 1 de abril de 1.996 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 91, de 17 de abril), por la que se regulan los méritos de determinación autonómica de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Décima
Formación en capacitación digital
Los cursos de formación relacionados con la capacitación digital contemplados en la
presente resolución que se enmarquen en la Componente 19, Inversión 1, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, se financiarán con cargo a los fondos del
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea. Esta iniciativa tiene como
objetivo incrementar las competencias digitales de la ciudadanía, dando prioridad a áreas
clave con reto demográfico que faciliten la transición digital y reduzcan la brecha digital,
contribuyendo al cumplimiento de los hitos establecidos en el CID número 288 del Plan.
Undécima
Se podrá solicitar información adicional en el teléfono 638 203 276.
Los participantes en la acción formativa para la que hayan sido seleccionados deberán
confirmar su asistencia o renuncia, en el plazo establecido en la convocatoria, al Servicio
de Formación de la Dirección General de Reequilibrio Territorial. La incomparecencia a un
curso sin aviso ni causa justificada podrá motivar la exclusión del alumno seleccionado del
resto de las acciones formativas que se celebren durante los dos semestres siguientes.
Se establecerán, en todos los cursos, plazas de reserva para cubrir posibles bajas que
se pudieran producir antes del inicio del curso.
Los solicitantes de cursos desarrollados a través de videoconferencia deberán disponer
de una infraestructura informática que, al menos, cumpla los requisitos técnicos siguientes:
— Dispositivo con conexión a Internet.
— Cámara y micrófono.
— Navegador actualizado de Edge, Chrome, Firefox u otro.
En Madrid, a 10 de diciembre de 2024.—El Director General de Reequilibrio Territorial, Javier Carazo Gil.
BOCM-20241226-8
Información adicional y otros requisitos
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 86
JUEVES 26 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 307
Séptima
Cifra mínima de alumnos y modificaciones de las acciones formativas
La Dirección General de Reequilibrio Territorial se reserva la facultad de suspender o
aplazar el desarrollo de una acción formativa cuando el número de alumnos convocados el
día hábil inmediatamente anterior al inicio del curso sea inferior a la mitad de las plazas disponibles. Asimismo, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, en atención
a la demanda registrada, por razones de eficacia o calidad, podrá modificar el número de
acciones formativas, su duración, contenido, destinatarios, valoración de méritos para la
provisión de puestos reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional y demás características.
Octava
Nuevas acciones formativas
La Dirección General de Reequilibrio Territorial podrá convocar nuevas acciones formativas, con distintos formatos y duración, atendiendo a novedades legislativas, nuevos
procesos administrativos o aspectos susceptibles de mejora en la calidad de los servicios
públicos de las Entidades Locales de la Comunidad de Madrid.
Novena
Con anterioridad a la celebración de cada acción formativa, los alumnos seleccionados
serán informados de su valoración a los efectos del baremo de méritos generales para la provisión de puestos reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional, adoptados
por Resolución de esta Dirección General de fecha 5 de diciembre de 1.994 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 298, de 16 de diciembre) y de acuerdo también con la Resolución de 1 de abril de 1.996 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 91, de 17 de abril), por la que se regulan los méritos de determinación autonómica de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Décima
Formación en capacitación digital
Los cursos de formación relacionados con la capacitación digital contemplados en la
presente resolución que se enmarquen en la Componente 19, Inversión 1, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, se financiarán con cargo a los fondos del
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea. Esta iniciativa tiene como
objetivo incrementar las competencias digitales de la ciudadanía, dando prioridad a áreas
clave con reto demográfico que faciliten la transición digital y reduzcan la brecha digital,
contribuyendo al cumplimiento de los hitos establecidos en el CID número 288 del Plan.
Undécima
Se podrá solicitar información adicional en el teléfono 638 203 276.
Los participantes en la acción formativa para la que hayan sido seleccionados deberán
confirmar su asistencia o renuncia, en el plazo establecido en la convocatoria, al Servicio
de Formación de la Dirección General de Reequilibrio Territorial. La incomparecencia a un
curso sin aviso ni causa justificada podrá motivar la exclusión del alumno seleccionado del
resto de las acciones formativas que se celebren durante los dos semestres siguientes.
Se establecerán, en todos los cursos, plazas de reserva para cubrir posibles bajas que
se pudieran producir antes del inicio del curso.
Los solicitantes de cursos desarrollados a través de videoconferencia deberán disponer
de una infraestructura informática que, al menos, cumpla los requisitos técnicos siguientes:
— Dispositivo con conexión a Internet.
— Cámara y micrófono.
— Navegador actualizado de Edge, Chrome, Firefox u otro.
En Madrid, a 10 de diciembre de 2024.—El Director General de Reequilibrio Territorial, Javier Carazo Gil.
BOCM-20241226-8
Información adicional y otros requisitos