C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20241226-16)
Concesión subvenciones –  Orden 2364/2024, de 4 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se concede una ayuda al club madrileño cuyo recurso administrativo ha sido estimado, derivado de la Orden 308/2024, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2024 de subvenciones destinadas a asociaciones deportivas madrileñas, excepto federaciones deportivas, para la participación en competiciones deportivas oficiales para el año 2024
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 307

JUEVES 26 DE DICIEMBRE DE 2024

Pág. 137

Vista la propuesta de resolución elevada por el Director General de Deportes, y en uso
de las atribuciones que me han sido conferidas por la legislación vigente,
DISPONGO
Primero
Concesión de las ayudas
Conceder una subvención al expediente 493, Club Triatlón Boadilla-Beone por un
importe de setecientos setenta euros (770 euros).

EXPEDIENTE
493

NOMBRE DEL CLUB
Club Triatlón Boadilla – Beone

IMPORTE
770 euros

Segundo
Pago
El pago de esta ayuda se realizará con cargo al subconcepto 48099, del programa 336A, del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid para el año 2024, de
acuerdo con lo establecido en la Ley 15/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban
los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2024, por un importe
de setecientos setenta euros (770 euros). Las subvenciones concedidas se abonarán a los beneficiarios previa presentación, en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente
a la publicación de la presente orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, del certificado a que se refieren el artículo 9.2 de la Orden 602/2018, de 28 de
mayo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establecen las bases
reguladoras, y el dispongo 8 de la Orden 308/2024, de convocatoria.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Recursos
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado, en el plazo de un
mes de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente, recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, en el plazo de dos meses, contados, en ambos casos, desde el día siguiente al de su
publicación, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno interponer.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Eficacia
La presente Orden será eficaz desde el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL
COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 4 de diciembre de 2024.—El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte,
(P. D. C. Orden 1389/2021, de 16 de noviembre), el Director General de Deportes, Alberto Tomé González.
(03/20.491/24)
BOCM-20241226-16

DE LA

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791