B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20241226-6)
Aspirantes proceso selectivo –  Resolución de 16 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se aprueba el expediente del procedimiento selectivo de estabilización, por el sistema de concurso-oposición, para ingreso en el Cuerpo de Maestros, convocado por Resolución de 19 de diciembre de 2022 y se declaran aptos en la fase de prácticas a los aspirantes seleccionados
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 307

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 26 DE DICIEMBRE DE 2024

Pág. 61

Tercero
Pendientes de evaluación de las prácticas
Declarar pendientes de calificación por las Comisiones de Evaluación a los seleccionados relacionados en el Anexo II, que, por interrupción, prórroga u otras causas no han finalizado el período de prácticas.
De conformidad con lo establecido en el apartado Octavo de la citada Resolución de 9
de octubre de 2024, estos maestros deberán realizar la citada fase en el período comprendido entre el 1 de enero de 2025 y el 30 de junio de 2025, en el centro docente que se le había adjudicado.
Los Directores de los respectivos centros comunicarán, una vez iniciado dicho período del año 2025, al Presidente de la comisión de evaluación de las prácticas, la incorporación de los maestros que se relacionan en el Anexo II para su calificación, procediéndose
posteriormente por las Comisiones a enviar a esta Dirección General las actas con la calificación obtenida.
Cuarto
No aptos en la fase de prácticas
Declarar “no aptos” en la fase de prácticas a los aspirantes que figuran en el Anexo III
de la presente Resolución.
Tal como se indica en el punto Octavo de la Resolución de 9 de octubre de 2024, por
la que se nombran funcionarios en prácticas a los aspirantes seleccionados en el procedimiento selectivo de estabilización, por el sistema de concurso oposición, para ingreso en
el Cuerpo de Maestros, convocado por Resolución de 19 de diciembre de 2022: “Aquellos
aspirantes que, a fecha 31 de diciembre de 2024, resulten declarados “no aptos”, podrán repetir, por una sola vez, en el período comprendido entre el 1 de enero de 2025 y el 30 de junio de 2025, la fase de prácticas en el centro docente que se le había adjudicado. En este
caso, ocuparán el lugar siguiente al del último seleccionado en su especialidad.
Quienes no las realicen en este período, o sean declarados “no aptos” por segunda vez,
perderán todos los derechos a su nombramiento como funcionarios de carrera.”,
Quinto
Nombramiento como funcionarios de carrera
Esta Dirección General elevará propuesta al Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes para que proceda al nombramiento como funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros a los seleccionados relacionados en el Anexo I de la presente Resolución.
Sexto
Destinos docentes para el curso 2025-2026
Los destinos obtenidos por los aspirantes seleccionados incluidos en el Anexo I, serán
los que figuren en la Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que
se aprueba la adjudicación definitiva del concurso de traslados del Cuerpo de Maestros convocado por Resolución de 21 de octubre de 2024, estando condicionados dichos destinos a
su nombramiento como funcionarios de carrera. En caso de no habérseles adjudicado destino en el concurso de traslados, les será asignado destino provisional en esta Comunidad.
Séptimo

A los Maestros a que se refiere esta Resolución se les entregará, junto con el nombramiento de funcionario de carrera, la certificación de habilitación acreditativa de la especialidad por la que han superado el concurso-oposición, a los efectos previstos en el artículo
10 del Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, por el que se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los Cuerpos Docentes contemplados
en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y otros procedimientos de provisión de plazas a cubrir por los mismos.

BOCM-20241226-6

Acreditación de la especialidad adquirida