Arganda del Rey (BOCM-20241223-53)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 305
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 23 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 431
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
53
ARGANDA DEL REY
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20241223-53
El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 4 de diciembre de 2024, ha acordado aprobar inicialmente la modificación de la ordenanza fiscal número 15, reguladora de
la tasa por servicio de regulación de aparcamiento de vehículos en la vía pública.
Lo que se hace público, de conformidad con lo establecido en el artículo 17.1 y 2 del Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, mediante la inserción de dicho acuerdo en el tablón de
anuncios de la sede electrónica de este Ayuntamiento durante el plazo de treinta días hábiles,
que comenzará a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID al objeto de que cuantas personas se consideren interesadas puedan examinar el expediente en horario de atención al público, de lunes a
viernes, en las oficinas municipales, sitas en plaza de la Constitución, sin número (Unidad de
Ingresos Públicos). Los expedientes pueden ser consultados durante el período de información
pública en la sede electrónica de este Ayuntamiento: https://sedeelectronica.argandadelrey.es/
Asimismo, dentro del referido plazo, podrán formular por escrito las reclamaciones
que estimen oportunas y presentarlas en el Registro General del Ayuntamiento o de cualquier otra forma admitida por el artículo 16 de la Ley 30/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Además, el anuncio de exposición se publicará en uno de los diarios de mayor difusión
de la comunidad autónoma.
Finalizado el período de exposición pública, en el caso de que no se hubieran presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de acuerdo plenario.
Arganda del Rey, a 12 de diciembre de 2024.—El concejal-delegado de Hacienda
y Mantenimiento de la Ciudad, Álvaro Fernández Martín–Consuegra.
(03/20.541/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 305
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LUNES 23 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 431
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
53
ARGANDA DEL REY
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20241223-53
El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 4 de diciembre de 2024, ha acordado aprobar inicialmente la modificación de la ordenanza fiscal número 15, reguladora de
la tasa por servicio de regulación de aparcamiento de vehículos en la vía pública.
Lo que se hace público, de conformidad con lo establecido en el artículo 17.1 y 2 del Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, mediante la inserción de dicho acuerdo en el tablón de
anuncios de la sede electrónica de este Ayuntamiento durante el plazo de treinta días hábiles,
que comenzará a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID al objeto de que cuantas personas se consideren interesadas puedan examinar el expediente en horario de atención al público, de lunes a
viernes, en las oficinas municipales, sitas en plaza de la Constitución, sin número (Unidad de
Ingresos Públicos). Los expedientes pueden ser consultados durante el período de información
pública en la sede electrónica de este Ayuntamiento: https://sedeelectronica.argandadelrey.es/
Asimismo, dentro del referido plazo, podrán formular por escrito las reclamaciones
que estimen oportunas y presentarlas en el Registro General del Ayuntamiento o de cualquier otra forma admitida por el artículo 16 de la Ley 30/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Además, el anuncio de exposición se publicará en uno de los diarios de mayor difusión
de la comunidad autónoma.
Finalizado el período de exposición pública, en el caso de que no se hubieran presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de acuerdo plenario.
Arganda del Rey, a 12 de diciembre de 2024.—El concejal-delegado de Hacienda
y Mantenimiento de la Ciudad, Álvaro Fernández Martín–Consuegra.
(03/20.541/24)
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ISSN 1989-4791