Villarejo de Salvanés (BOCM-20241223-93)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 305

LUNES 23 DE DICIEMBRE DE 2024

Pág. 593

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
93

VILLAREJO DE SALVANÉS
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Resolución de Alcaldía.—A la vista de los siguientes antecedentes:
DOCUMENTO
Informe-Propuesta de Secretaría

FECHA/N.º

OBSERVACIONES

11/12/2024

Examinada la documentación que la acompaña y de conformidad con lo establecido
en los artículos 9.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local;
y 43 a 45, 114 a 118, 120 y 121 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen
Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,

Primero.—Efectuar en los Sres. Concejales que, a continuación se indican, la delegación de competencias de esta Alcaldía, habida cuenta de las renuncias anticipadas de las
Sras. Concejalas del Ayuntamiento, D.a Elena Martínez-Treceño Ayuso, D.a Mónica García Iglesias y D.a Susana Pérez Castaño y la toma de posesión de los Sres. Concejales, D.
Gonzalo Salomón Sanz y D. José Antonio de Felipe Ayllón. Estas delegaciones abarcarán
las facultades de dirigir, gestionar y formular propuesta de resolución de los asuntos comprendidos dentro de cada área y actividad municipal, conservando, por tanto, esta Alcaldía
la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, así como la
resolución de los recursos administrativos que procedan contra los citados actos.
Las áreas de actividad municipal delegadas son las siguientes:
a) Gonzalo Salomón Sanz se encargará de gestionar las siguientes competencias:
— Concejalía de Agricultura y Medio Ambiente.
— Concejalía de gestión de residuos y limpieza viaria.
b) Iván Alonso Vos se encargará de gestionar las siguientes competencias:
— Concejalía de deportes, juventud y ocio.
— Concejalía de festejos populares y taurinos.
— Concejalía de cultura.
c) José Antonio de Felipe Ayllón se encargará de gestionar las siguientes competencias:
— Concejalía de sanidad, mayores y bienestar social.
— Concejalía de mujer, igualdad y participación ciudadana.
— Concejalía de parques y jardines.
— Formación y empleo.
Segundo.—Imponer al delegado la obligación de informar a esta Alcaldía, a posteriori, con periodicidad quincenal y, en todo caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión
realizada y de las disposiciones dictadas en el período de referencia, y con carácter previo
de aquellas decisiones de trascendencia, tal y como se prevé en al artículo 115 Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
Tercero.—Establecer que los actos dictados por el delegado en ejercicio de las atribuciones que le han sido delegadas deben indicar expresamente esta circunstancia y que se
considerarán dictados por la Alcaldía de este Ayuntamiento.
En consecuencia, corresponderá a esta Alcaldía la competencia para la resolución de
los recursos de reposición contra los actos dictados por el órgano delegado.

BOCM-20241223-93

RESUELVO