C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241223-19)
Convocatoria premios –  Resolución de 10 de diciembre de 2024, de la Directora General de Comercio, Consumo y Servicios, por la que se convoca la fase autonómica de la Comunidad de Madrid del concurso escolar 2024-2025 Consumópolis 20: ¿Sabes lo que consumes? Únete a un consumo más consciente y solidario
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 305

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 23 DE DICIEMBRE DE 2024

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3. Los trabajos ganadores de cada nivel optarán a los premios de la fase nacional del
concurso que organiza la Dirección General de Consumo del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, compitiendo con los ganadores de las Comunidades y
Ciudades Autónomas participantes.
Noveno
Composición del Jurado
1. El Jurado de la fase autonómica en la Comunidad de Madrid del concurso escolar
Consumópolis 20 tendrá la siguiente composición:
a) Presidente: El titular de la subdirección general con competencia en materia de
formación en consumo o persona a quien designe el titular de la dirección general
con competencia en materia de consumo.
b) Vocales:
i. Un empleado público de la dirección general con competencia en materia de
consumo, designado por su titular.
ii. Un empleado público de la dirección general con competencia en materia de
educación primaria o secundaria o formación profesional básica de la consejería competente, designado por su titular.
iii. Un representante de la Secretaría General Técnica de la consejería competente en materia de consumo, designado por su titular
iv. Un representante de una organización de consumidores miembro del Consejo
de Consumo de la Comunidad de Madrid, designado por el titular de la dirección general competente en materia de protección al consumidor a propuesta
del Consejo de Consumo.
c) Secretario: Un empleado público de la Dirección general con competencias en
materia de consumo designado por su titular, con voz, pero sin voto.
2. El funcionamiento del Jurado se regirá por los principios recogidos en la sección 3.a
del Capítulo II, Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, y tendrá facultades para resolver las dudas y controversias que puedan surgir
sobre la interpretación de esta convocatoria.
3. Para los supuestos de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal o justificada de los miembros del Jurado regirán las siguientes normas:
a) El presidente será sustituido por el titular de un órgano o unidad administrativa
con nivel de subdirección general y con competencias en materia de consumo designado como suplente por el titular de la dirección general con competencias en
materia de consumo.
b) Los vocales del Jurado serán sustituidos por sus suplentes, si se hubieran designado.
c) El secretario será sustituido por quien haya sido designado como suplente por el titular de la dirección general con competencias en materia de consumo.
Décimo
1. La puntuación final obtenida por cada equipo en las pruebas incluidas en el juego
interactivo Consumópolis 20 quedará fijada automáticamente por el propio sistema, con
base en los criterios de conocimientos y habilidades detallados en las Instrucciones generales de participación.
2. La valoración en la fase autonómica de los trabajos en equipo, se realizará atendiendo a los criterios recogidos en el artículo 5.3 b) de la Orden CSM/1008/2021, de 20 de
septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de los premios del concurso escolar Consumópolis y así el Jurado tendrá en cuenta los siguientes criterios:
a) Coherencia del trabajo con los objetivos del concurso: hasta 40 puntos.
b) Creatividad, originalidad: hasta 20 puntos.
c) Presentación del trabajo: hasta 20 puntos.
d) Calidad técnica: hasta 15 puntos.
e) Calidad lingüística: hasta 5 puntos.

BOCM-20241223-19

Criterios de valoración