Mancomunidad de Servicios El Molar, San Agustín del Guadalix y Guadalix de la Sierra (BOCM-20241220-87)
Régimen económico. Presupuesto general
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 226

VIERNES 20 DE DICIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 303

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
87

MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS EL MOLAR,
SAN AGUSTÍN DEL GUADALIX
Y GUADALIX DE LA SIERRA
RÉGIMEN ECONÓMICO

Por acuerdo plenario de 28 de octubre de 2024, se aprobó provisionalmente el presupuesto general de 2025, así como las bases de ejecución y la plantilla/RPT del personal,
acuerdo que ha resultado definitivo al no haberse presentado alegaciones durante el plazo
de exposición pública del expediente, a tenor de lo preceptuado en los artículos 169 y 170
del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
1.o Presupuesto general de 2025:
OPERACIONES NO FINANCIERAS
Ingresos Corrientes

248.010,44 €
248.010,44 €

I

Impuestos directos

0,00 €

II

Impuestos indirectos

0,00 €

III

Tasas y otros ingresos

IV

Transferencias corrientes

V

0,00 €
248.010,44 €

Ingresos patrimoniales

0,00 €

A2

Ingresos de Capital

0,00 €

VI

Enajenación de inversiones reales

0,00 €

VII

Transferencias de capital

0,00 €

B

Operaciones financieras

0,00 €

VIII

Variación de activos financieros

0,00 €

IX

Variación de pasivos financieros
TOTAL INGRESOS

A

OPERACIONES NO FINANCIERAS

A1

Gastos Corrientes

I

Gastos de personal

II

Gastos en bienes corrientes y servicios

0,00 €
248.010,44 €

248.010,44 €
248.010,44 €
72.210,44 €
106.800,00 €

III

Gastos financieros

IV

Transferencias corrientes

A2

Gastos de Capital

0,00 €

VI

Inversiones reales

0,00 €

VII

Transferencias de capital

0,00 €

B

Operaciones financieras

0,00 €

VIII

Variación de activos financieros

0,00 €

IX

Variación de pasivos financieros
TOTAL GASTOS

69.000,00 €

0,00 €
248.010,44 €

2.o Plantilla del personal:
2.1. Personal funcionario: Técnico Medio Ambiente: 1 plaza.
2.2. Personal laboral: Conductor camión, 1 plaza.
2.3. Personal eventual: ninguno.
Contra el presente acuerdo, se puede interponer recurso contencioso-administrativo,
en el plazo de dos meses siguientes a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a tenor
de lo preceptuado en el artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Guadalix de la Sierra, a 10 de diciembre de 2024.—El presidente, Borja Díaz de la Morena.
(03/20.439/24)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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