Santa María de la Alameda (BOCM-20241220-76)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 303

VIERNES 20 DE DICIEMBRE DE 2024

Pág. 209

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
76

SANTA MARÍA DE LA ALAMEDA
RÉGIMEN ECONÓMICO

El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el 29 de noviembre de 2024, procedió
a la aprobación inicial de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del uso de los
puntos limpios del Ayuntamiento de Santa María de la Alameda, concretamente en su artículo 9, que a continuación se transcribe el texto íntegro de dicha modificación:
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL USO DE LOS PUNTOS LIMPIOS
DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA MARÍA DE LA ALAMEDA
Art. 9. Base imponible y tarifas.—La determinación de las bases, tipos y cuotas se
realizarán de acuerdo con el siguiente cuadro de tarifas:
TIPO DE RESIDUO

CANTIDAD/PRECIO

Poda

5€ por saca.

Escombro

1€ por saco / 5€ saca. Máx. 1m3 por día

Madera

2€ por descarga. Máx. 100 unds. día.

Voluminoso

2€ por descarga. Máx. 100 unds. día

Colchones

5€/und. Máx. 1 día.

BOCM-20241220-76

Se somete a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
para que puedan ser examinadas y presentar las alegaciones que se estimen oportunas.
En caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderán definitivamente aprobado el acuerdo de aprobación inicial de la mencionada ordenanza.
En Santa María de la Alameda, a 10 de diciembre de 2024.—La alcaldesa-presidenta,
Gloria de Castro García.
(03/20.434/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791