Torrejón de Ardoz (BOCM-20241220-79)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 20 DE DICIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 303

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
79

TORREJÓN DE ARDOZ
RÉGIMEN ECONÓMICO

Extracto de la resolución de fecha 9 de noviembre de 2024, aprobada por acuerdo de
Junta de Gobierno Local, punto FDO 1, por el que se aprueban las bases y convocatoria para
la concesión de prestaciones económicas municipales en especie a favor de mujeres víctimas de violencia de género a través de la Concejalía de Igualdad del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz año 2025 (2024/2024/640800/022).

Primero. Beneficiarias.—Podrán ser destinatarias de las ayudas económicas municipales víctimas de violencia de género, conforme la definición dada por la Ley 5/2005, que
cumplan los requisitos siguientes:
1. Tener vigente el título de acreditación de la situación de violencia de género: bien
porque exista una medida judicial de protección en favor de la mujer (recogida en sentencia condenatoria, orden judicial de protección, resolución judicial acordando medida cautelar, y excepcionalmente mediante informe del Ministerio Fiscal en el que se ponga de manifiesto el carácter de víctima en tanto se dicte la orden judicial de protección) o con título
habilitante de su condición de víctima de género.
2. Ser mayor de edad o emancipada legalmente.
3. Empadronamiento y residencia en la ciudad de Torrejón de Ardoz.
4. Contar con un Diseño de Intervención Social elaborado por trabajadora social del
PMORVG, haber procedido a la firma del contrato de compromiso de cumplimiento del
DIS, y estar cumpliendo con los compromisos adquiridos con el mismo.
5. Que su unidad familiar, carezca de ingresos mensuales (renta/patrimonio) superiores al importe del salario mínimo interprofesional, en los porcentajes siguientes, a tenor
del número de miembros que componen su unidad familiar:
— Un miembro: 125 % del salario mínimo interprofesional.
— Dos miembros: 150 % del salario mínimo interprofesional.
— Tres o más miembros: 175 % del salario mínimo interprofesional.
A los presentes efectos se entenderá por unidad familiar la constituida por la mujer víctima de violencia de género, menores de edad y/o personas dependientes que convivan con
la víctima.
Segundo. Finalidad.—Concesión de ayudas económicas para las mujeres víctimas
de violencia de género y para sus hijos e hijas y otras personas dependientes.
Las ayudas económicas municipales son un instrumento de carácter complementario
dentro de la intervención social en el PMORVG en favor de víctima de violencia de género, que, dadas sus circunstancias, tengan especiales dificultades para lograr su inserción
social y/o laboral. Su finalidad es facilitar que la víctima disponga de unos recursos mínimos de subsistencia que le permitan independizarse del agresor y disponer de medios y
tiempo para afrontar las dificultades que momentáneamente impiden su inserción social/laboral. Se trata de ayudas de concesión directa y sin publicidad en el marco de la intervención social en el PMORVG de Torrejón de Ardoz.
Tercero. Bases reguladoras.—Las bases reguladoras para la concesión de
prestaciones económicas en favor de mujeres víctimas de violencia de género a través
de la Concejalía de Igualdad del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz se podrán
consultar
en
la
web
del
Ayuntamiento:
https://www.aytotorrejon.es/sites/default/files/ACUERDO%20JGL%2031.01.2024%20BASES%20R
EGULADORAS%20CONCESION%20AYUDAS%20ECONOMICAS%20EN%20F
AVOR%20DE%20VICTIMAS%20DE%20VIOLENCIA%20DE%20GENERO.pdf

BOCM-20241220-79

BDNS 802573