B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20241220-11)
Puesto libre designación – Orden 2138/2024, de 9 de diciembre, de la Consejera de Sanidad, por la que se resuelve la convocatoria aprobada por Orden 1567/2024, de 25 de septiembre, de esta Consejería de Sanidad (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de octubre), para la provisión de un puesto de trabajo vacante en la citada Consejería por el procedimiento de Libre Designación
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 303
VIERNES 20 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 43
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Sanidad
11
ORDEN 2138/2024, de 9 de diciembre, de la Consejera de Sanidad, por la que se resuelve la convocatoria aprobada por Orden 1567/2024, de 25 de septiembre, de esta
Consejería de Sanidad (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de octubre), para la provisión de un puesto de trabajo vacante en la citada Consejería por
el procedimiento de Libre Designación.
Por Orden 1567/2024, de 25 de septiembre, de la Consejera de Sanidad (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de octubre), se aprobó convocatoria pública para
la provisión de un puesto de trabajo vacante en la citada Consejería por el procedimiento de
Libre Designación.
En el procedimiento de provisión se han cumplido las normas de la Ley 1/1986, de 10 de
abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de abril); la Orden 923/1989, de 20 de abril, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir en las convocatorias para
provisión de puestos por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril) y, en lo no previsto por las anteriores, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la
Administración General del Estado (“Boletín Oficial del Estado” de 10 de abril), así como
las demás prescripciones contenidas en las bases de convocatoria correspondientes.
De acuerdo con la propuesta formulada por la unidad responsable y el informe favorable emitido por la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, verificado que la candidata propuesta cumple los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria, en virtud
de la competencia atribuida en el artículo 49.2 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid,
RESUELVO
Primero
Objeto
Se adjudica el puesto de trabajo convocado a la estatutaria que figura en el Anexo.
Segundo
Plazo de toma de posesión
Tercero
Recursos
La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante
los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del
BOCM-20241220-11
1. El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días. Dicho
plazo empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes al de la publicación de la presente resolución.
El cómputo del plazo posesorio se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias
que, en su caso, hayan sido concedidas a los interesados, salvo que, por causas justificadas,
el órgano que los concedió acuerde suspender el disfrute de los mismos.
2. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión
será el que establezca la orden de reingreso, conforme a lo previsto en la normativa aplicable.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 303
VIERNES 20 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 43
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Sanidad
11
ORDEN 2138/2024, de 9 de diciembre, de la Consejera de Sanidad, por la que se resuelve la convocatoria aprobada por Orden 1567/2024, de 25 de septiembre, de esta
Consejería de Sanidad (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de octubre), para la provisión de un puesto de trabajo vacante en la citada Consejería por
el procedimiento de Libre Designación.
Por Orden 1567/2024, de 25 de septiembre, de la Consejera de Sanidad (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de octubre), se aprobó convocatoria pública para
la provisión de un puesto de trabajo vacante en la citada Consejería por el procedimiento de
Libre Designación.
En el procedimiento de provisión se han cumplido las normas de la Ley 1/1986, de 10 de
abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de abril); la Orden 923/1989, de 20 de abril, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir en las convocatorias para
provisión de puestos por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril) y, en lo no previsto por las anteriores, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la
Administración General del Estado (“Boletín Oficial del Estado” de 10 de abril), así como
las demás prescripciones contenidas en las bases de convocatoria correspondientes.
De acuerdo con la propuesta formulada por la unidad responsable y el informe favorable emitido por la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, verificado que la candidata propuesta cumple los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria, en virtud
de la competencia atribuida en el artículo 49.2 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid,
RESUELVO
Primero
Objeto
Se adjudica el puesto de trabajo convocado a la estatutaria que figura en el Anexo.
Segundo
Plazo de toma de posesión
Tercero
Recursos
La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante
los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del
BOCM-20241220-11
1. El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días. Dicho
plazo empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes al de la publicación de la presente resolución.
El cómputo del plazo posesorio se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias
que, en su caso, hayan sido concedidas a los interesados, salvo que, por causas justificadas,
el órgano que los concedió acuerde suspender el disfrute de los mismos.
2. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión
será el que establezca la orden de reingreso, conforme a lo previsto en la normativa aplicable.