Bustarviejo (BOCM-20241219-55)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 172
JUEVES 19 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 302
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
55
BUSTARVIEJO
RÉGIMEN ECONÓMICO
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público,
queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional de la entidad
sobre la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicio de recogida y tratamiento de residuos urbanos, cuyo texto íntegro se hace público en
cumplimiento del artículo 17.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Artículo 6. Cuota tributaria.—Se establecen las siguientes tarifas.
Cuota anual.
GRUPO A
CONCEPTO
Viviendas Pisos
IMPORTE
85,00 €
Viviendas Unifamiliares, chalet o casas igual o inferior a 250 m2 de parcela
90,00 €
Viviendas Chalet o casas igual o inferior a 251 m2 a 600m2 de parcela
120,00 €
Viviendas Chalet o casas de más de 601m2 de parcela
150,00 €
GRUPO B
CONCEPTO
IMPORTE
Parcelas urbanas igual o inferior a 300 m2 de parcela (con o sin piscina)
30,00 €
Parcelas urbanas igual o inferior a 600 m2 de parcela (con o sin piscina)
50,00 €
Parcelas urbanas de más de 601m2 de parcela (con o sin piscina)
75,00 €
GRUPO C
CONCEPTO
IMPORTE
Bares, restaurantes, salas de espectáculos y bares de copas y similares
150,00 €
Albergues, camping y similares (fuera del casco urbano)
660,00 €
Hoteles, casas rurales, alojamientos turísticos, albergues y residencias de mayores (en casco urbano)
400,00 €
Casas rurales y alojamientos turísticos (fuera del casco urbano)
200,00 €
GRUPO D
CONCEPTO
IMPORTE
Talleres, locales/naves para actividades industriales y gasolineras
150,00 €
Tiendas de alimentación de menos de 100m2
150,00 €
Estancos, peluquerías y comercios menores
150,00 €
Panaderías, carnicería, pastelerías y similares
150,00 €
Pescaderías
300,00 €
Supermercados y autoservicios de más de 100 m2
300,00 €
-
En caso de presentar documentación que acredite, la autogestión de residuos se bonificara en un 50%.
Dicha documentación, deberá presentarla anualmente.
CONCEPTO
IMPORTE
Entidades financieras
500,00 €
Empresas de telefonía y telecomunicaciones
500,00 €
Gestorías, oficinas, servicios sanitarios y otros.
85,00 €
Locales sin actividad, edificios religiosos y otros no tarifados
85,00 €
BOCM-20241219-55
GRUPO E
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 172
JUEVES 19 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 302
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
55
BUSTARVIEJO
RÉGIMEN ECONÓMICO
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público,
queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional de la entidad
sobre la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicio de recogida y tratamiento de residuos urbanos, cuyo texto íntegro se hace público en
cumplimiento del artículo 17.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Artículo 6. Cuota tributaria.—Se establecen las siguientes tarifas.
Cuota anual.
GRUPO A
CONCEPTO
Viviendas Pisos
IMPORTE
85,00 €
Viviendas Unifamiliares, chalet o casas igual o inferior a 250 m2 de parcela
90,00 €
Viviendas Chalet o casas igual o inferior a 251 m2 a 600m2 de parcela
120,00 €
Viviendas Chalet o casas de más de 601m2 de parcela
150,00 €
GRUPO B
CONCEPTO
IMPORTE
Parcelas urbanas igual o inferior a 300 m2 de parcela (con o sin piscina)
30,00 €
Parcelas urbanas igual o inferior a 600 m2 de parcela (con o sin piscina)
50,00 €
Parcelas urbanas de más de 601m2 de parcela (con o sin piscina)
75,00 €
GRUPO C
CONCEPTO
IMPORTE
Bares, restaurantes, salas de espectáculos y bares de copas y similares
150,00 €
Albergues, camping y similares (fuera del casco urbano)
660,00 €
Hoteles, casas rurales, alojamientos turísticos, albergues y residencias de mayores (en casco urbano)
400,00 €
Casas rurales y alojamientos turísticos (fuera del casco urbano)
200,00 €
GRUPO D
CONCEPTO
IMPORTE
Talleres, locales/naves para actividades industriales y gasolineras
150,00 €
Tiendas de alimentación de menos de 100m2
150,00 €
Estancos, peluquerías y comercios menores
150,00 €
Panaderías, carnicería, pastelerías y similares
150,00 €
Pescaderías
300,00 €
Supermercados y autoservicios de más de 100 m2
300,00 €
-
En caso de presentar documentación que acredite, la autogestión de residuos se bonificara en un 50%.
Dicha documentación, deberá presentarla anualmente.
CONCEPTO
IMPORTE
Entidades financieras
500,00 €
Empresas de telefonía y telecomunicaciones
500,00 €
Gestorías, oficinas, servicios sanitarios y otros.
85,00 €
Locales sin actividad, edificios religiosos y otros no tarifados
85,00 €
BOCM-20241219-55
GRUPO E