Valdemoro (BOCM-20241219-81)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 302
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 19 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 213
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
81
VALDEMORO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Se publica íntegro para general conocimiento la siguiente resolución de la AlcaldíaPresidencia del Ayuntamiento de Valdemoro:
A) Decreto 5189/2024, de 9 de diciembre, que dice literalmente:
Por decreto número 2517/2024, de 25 de junio, esta Alcaldía efectuó ciertas delegaciones de las competencias en concejales de la Corporación, todo ello al amparo de lo previsto
en el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
así como de los artículos 43, 44, y 45 del vigente Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986,
de 28 de noviembre.
Concretamente, a Dña. María José Fernández García le fue conferida, con la denominación concejala-delegada de mayores delegación genérica para dirigir y gestionar los
servicios correspondientes a las materias delegadas.
De conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los órganos superiores podrán avocar para sí
el conocimiento de uno o varios asuntos cuya resolución corresponda ordinariamente o por
delegación a sus órganos administrativos dependientes, cuando circunstancias de índole
técnica, económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente.
Por ausencia de la concejala Dña. María José Fernández García el período comprendido entre los días 9 y 13 de diciembre de 2024, ambos inclusive, resulta preciso avocar las
competencias delegadas por esta Alcaldía en la concejala Dña. María José Fernández García durante el período mencionado.
En atención a lo expuesto, y en el ejercicio de las atribuciones que me confiere el precepto anteriormente transcrito, resuelvo:
Primero.–Avocar las competencias que, en las materias de Residencia, se encuentran delegadas en la concejala Dña. María José Fernández García en virtud del decreto número 2517/2024,
de 25 de junio, el período comprendido entre los días 9 y 13 de diciembre de 2024, ambos
inclusive.
Segundo.—Delegar en D. José Romero Baena, concejal-delegado de Seguridad y
Emergencias, las mismas competencias en las materias de Residencia, el período comprendido entre los días 9 y 13 de diciembre de 2024, ambos inclusive.
Tercero.—Notificar la presente resolución a los interesados con indicación de los recursos que procedan contra la misma.
Cuarto.—Remitir dicha resolución al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID para su publicación en el mismo, así como publicar la misma en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web municipal, sin perjuicio de su efectividad desde
el día de la firma de la Resolución por Alcaldía.
Quinto.—Dar cuenta de la presente resolución al Pleno del Ayuntamiento a efectos de
que quede enterado de su contenido, de conformidad con lo establecido en el artículo 44.4
en relación con el 38.d) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales”.
Valdemoro, a 9 de diciembre de 2024.—El alcalde-presidente, David Conde Rodríguez.
(03/20.363/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20241219-81
“DECRETO
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Pág. 213
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
81
VALDEMORO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Se publica íntegro para general conocimiento la siguiente resolución de la AlcaldíaPresidencia del Ayuntamiento de Valdemoro:
A) Decreto 5189/2024, de 9 de diciembre, que dice literalmente:
Por decreto número 2517/2024, de 25 de junio, esta Alcaldía efectuó ciertas delegaciones de las competencias en concejales de la Corporación, todo ello al amparo de lo previsto
en el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
así como de los artículos 43, 44, y 45 del vigente Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986,
de 28 de noviembre.
Concretamente, a Dña. María José Fernández García le fue conferida, con la denominación concejala-delegada de mayores delegación genérica para dirigir y gestionar los
servicios correspondientes a las materias delegadas.
De conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los órganos superiores podrán avocar para sí
el conocimiento de uno o varios asuntos cuya resolución corresponda ordinariamente o por
delegación a sus órganos administrativos dependientes, cuando circunstancias de índole
técnica, económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente.
Por ausencia de la concejala Dña. María José Fernández García el período comprendido entre los días 9 y 13 de diciembre de 2024, ambos inclusive, resulta preciso avocar las
competencias delegadas por esta Alcaldía en la concejala Dña. María José Fernández García durante el período mencionado.
En atención a lo expuesto, y en el ejercicio de las atribuciones que me confiere el precepto anteriormente transcrito, resuelvo:
Primero.–Avocar las competencias que, en las materias de Residencia, se encuentran delegadas en la concejala Dña. María José Fernández García en virtud del decreto número 2517/2024,
de 25 de junio, el período comprendido entre los días 9 y 13 de diciembre de 2024, ambos
inclusive.
Segundo.—Delegar en D. José Romero Baena, concejal-delegado de Seguridad y
Emergencias, las mismas competencias en las materias de Residencia, el período comprendido entre los días 9 y 13 de diciembre de 2024, ambos inclusive.
Tercero.—Notificar la presente resolución a los interesados con indicación de los recursos que procedan contra la misma.
Cuarto.—Remitir dicha resolución al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID para su publicación en el mismo, así como publicar la misma en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web municipal, sin perjuicio de su efectividad desde
el día de la firma de la Resolución por Alcaldía.
Quinto.—Dar cuenta de la presente resolución al Pleno del Ayuntamiento a efectos de
que quede enterado de su contenido, de conformidad con lo establecido en el artículo 44.4
en relación con el 38.d) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales”.
Valdemoro, a 9 de diciembre de 2024.—El alcalde-presidente, David Conde Rodríguez.
(03/20.363/24)
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ISSN 1989-4791
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